POLITICA

La Corte repuso una cautelar y alertó por la aplicación de la “política fiscal”

La AFIP reclama una deuda, cercana a los 280 millones de pesos. El Máximo Tribunal rechazó que la política fiscal sea utilizada para discriminar.

Ricardo Lorenzetti, presidente del Máximo Tribunal, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda.
| DYN

Para tres de los cinco ministros que sostuvieron el voto mayoritario – Ricardo Lorenzetti, presidente del Máximo Tribunal, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda-, la resolución de avalar la continuidad de la medida cautelar revocada en la Cámara, se sustenta en que aún no se ha dictado la “cuestión de fondo”. En disidencia por cuestiones de índole técnicas votó la Ministra Elena Highton de Nolasco. Mientras tanto, Zaffaroni se abstuvo de participar en el fallo.

La deuda que reclama la AFIP a los diarios que conforman la Asociación de Editores de Diarios de Buenos Aires (AEDBA), ascendería a más de 280 millones de pesos a lo que además deberían sumarse los intereses. De hecho, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner le reclamó públicamente al diario La Nación que cumpliera en pagar con la deuda exigida, cuando el fallo aún no estaba dictado.

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El Máximo Tribunal expresó que “no debe considerarse en mora a la entidades actoras que hayan cumplido con sus obligaciones fiscales con los alcances concedidos por aquella medida”.

Además, reclamaron “celeridad para resolver en forma urgente la cuestión de fondo”, ya que la Corte sólo se pronunció sobre una medida cautelar vigente desde fines de 2003.

Detalles. El fallo sostiene que “la 'política fiscal' no puede ser utilizada como un instrumento para excluir a un grupo de los beneficios que se otorgan a todos los demás sectores de la economía y de ese modo indirecto afectar la libertad de expresión. La ausencia de razonabilidad de la exclusión se hace evidente si se la conjuga con el fin que persigue el plan de facilidades en cuestión, esto es, el desarrollo de las empresas, la generación de empleo y el mantenimiento de fuentes de trabajo”.

"La función de garante de la libertad de expresión que le corresponde al Estado queda desvirtuada si por la via de subsidios, del reparto de la pauta oficial o de cualquier otro beneficio, los medios de comunicación se convierten en meros instrumentos de apoyo a una corriente politica determinada o en una vía para eliminar el disenso y el debate plural de ideas”, prosigue.

Interpretaciones. Con esta resolución, el Máximo Tribunal determina que los medios de comunicación podrían seguir descontando los aportes patronales en la liquidación del IVA.

“El pago de la deuda podría afectar la situación financiera de los medios en cuestión, sobre todo los más pequeños que podrían incluso desaparecer”, ratifican voces judiciales que resaltan la defensa a la libertad de expresión que hiciera la Corte en esta causa.

La “existencia de gravedad institucional en la cuestión que se debate, ya que a partir del levantamiento de la medida cautelar ordenada en segunda instancia, el Estado Nacional podría exigir a las empresas actoras el pago de la deuda tributaria, lo que llevaría a muchas de estas compañías a la quiebra o desaparición, con grave afectación a la libertad de expresión y de prensa”, señalan voces cercanas a los jueces.

Antecedentes. En marzo de 2003, el presidente Eduardo Duhalde había eliminado el cómputo de las contribuciones patronales como crédito fiscal para todos los sectores, excepto para los medios de comunicación y el transporte de carga. Por ello, ese régimen tenía una vigencia acotada pero mediante el dictado de la medida cautelar se extendió para el grupo de diarios.

Luego, se sancionó el canje de la deuda por cuotas de publicidad en los medios, al que un grupo de empresas editoriales decidió no acogerse.

En 2012 y 2013, la Corte realizó audiencias públicas entre las partes para resolver la cuestión pero para llegar al fondo del asunto debe resolverse el conflicto en las instancias inferiores, como parte del “debido proceso, la defensa en juicio e igualdad ante la ley”, explican voces cercanas a los magistrados que tienen la última palabra en el ordenamiento judicial.