La reforma del aparato de Inteligencia que puso en marcha el presidente Javier Milei abrió dos nuevos frentes dentro del Congreso. Los cambios fueron aplicados mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia y operan sobre la Ley de Inteligencia Nacional. Dos factores jurídicos y legislativos que anticipan la pelea que se viene.
Comenzará dentro de 10 días, siempre y cuando las autoridades del Congreso conformen y activen el organismo legislativo que se dedica al control de todo el aparato de espionaje estatal, pero con cabecera en la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE). Dentro de los organismos permanentes del Congreso es la mas importante, pero no la única.
“Nos dirigimos a ustedes a fin de solicitar la urgente regularización y conformación de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, prevista en la Ley 26.122, y de la Comisión Especial Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia, creada por la Ley 25.520, en cumplimiento del mandato otorgado por el pleno de ambas cámaras y conforme a lo dispuesto por la Constitución Nacional”, sostiene la carta que firmó un grupo de integrantes del interbloque Unidos y de Unión por la Patria dentro de la Cámara Baja. El texto está dirigido al titular de la Cámara Baja, Martín Menem, y a la presidenta del Senado,Victoria Villarruel para que resuelvan con celeridad la constitución de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que analiza los decretos firmados por el Presidente, y Comisión Bicameral que controla a los organismos de inteligencia.
Según la carta a la que accedió PERFIL, los diputados opositores reclamaron que que “una vez remitido por el jefe de Gabinete de ministros el decreto de necesidad y urgencia N° 941/2025, dentro de los plazos establecidos por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional, se le dé giro de inmediato a las comisiones mencionadas para su correspondiente evaluación. En particular, respecto de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, a fin de que se expida sobre la validez del citado decreto dentro el plazo de 10 días hábiles fijados por la Ley 26.122”. La Constitución le otorga 10 días al jefe de Gabinete para mandar el DNU al Congreso. La Bicameral tiene otros 10 días para analizarlo y expedirse. Si no sucede, el texto puede ser tratado de oficio por ambas cámaras. El año pasado, los dos recintos anularon el DNU 656 que ampliaba los fondos reservados de la SIDE en 100.000 millones de pesos. Fue la primera vez que cae un decreto desde 2006, cuando fue sancionada la Ley 26.122 que regula la validez de los DNU. Con la nueva composición del Congreso se abre una pulseada con final incierto.