Néstor Kirchner asumiría hoy en Campana la Secretaría General de la Unión de Naciones Sudamericanas (UNASUR) luego de la polémica generada por la abstención de Uruguay a apoyar su asunción.
Si llega a ocupar el cargo, el actual diputado nacional debería renunciar a su banca como representante del Frente Para la Victoria (FPV) ya que así lo menciona el artículo 10 del Tratado Constitutivo: "Durante el ejercicio de sus funciones, el Secretario General y los funcionarios de la Secretaría tendrán dedicación exclusiva, no solicitarán ni recibirán instrucciones de ningún Gobierno, ni entidad ajena a UNASUR, y se abstendrán de actuar en forma incompatible con su condición de funcionarios internacionales responsables únicamente ante esta organización internacional".
Si bien desde la eventual asunción de Kirchner se esperó que renuncie a su cargo como diputado, desde el oficialismo no descartan que ejerza los dos cargos al mismo tiempo. El jefe del bloque oficialista en la Cámara Baja, Agustín Rossi, advirtió que el ex presidente podría continuar con su banca. Rossi, primeramente, dijo no saber y no querer "adelantarse" a lo que decidirá el ex presidente, en caso de asumir al frente de la Unasur.
Pero advirtió que "prima facie no veo ninguna incompatibilidad entre ser diputado y ejercer el cargo en la Unasur" aunque agregó que "será una decisión de él" el retener la bancada.
La excusa perfecta. Mucho se criticó al ex presidente y sus compañeros de listas en las últimas elecciones legislativas por postularse con categoría de "testimoniales". La obligación que le impondría la UNASUR a Kirchner sería una salida "políticamente correcta" del Congreso.
Esta designación iría a contramano de la tarea como legislador de Kirchner, aunque el ex presidente nunca fue propenso a asistir a la Cámara. Sin embargo no todos los artículos de UNASUR representan cambios negativos para el santacruceño, ya que el número 22 explica acerca de las inhibiciones y beneficios: "UNASUR gozará, en el territorio de cada uno de los Estados Miembros, de los privilegios e inmunidades necesarios para la realización de sus propósitos. Los representantes de los Estados Miembros de UNASUR y los funcionarios internacionales de ésta, gozarán asimismo de los privilegios e inmunidades necesarios para desempeñar con independencia sus funciones, en relación con este Tratado".