POLITICA

Procesaron a Capaccioli, el "recaudador" de la campaña K

Lijo investiga el presunto "lavado de activos" a través de los aportes recibidos en 2007. La lupa sobre las droguerías. El rol del narco mexicano.

Capaccioli, el recaudador de la campaña de Cristina Fernández de Kirchner.
| DyN

El juez federal Ariel Lijo procesó este jueves al ex titular de la Superintendencia de Servicios de Salud kirchnerista Héctor Capaccioli por supuesto "lavado de activos" a través de aportes recibidos para la campaña electoral de 2007, de la que fue recaudador del Frente para la Victoria y en la que se sumaron 886 mil pesos por parte de droguerías imposibles de justificar, según la resolución.

Capaccioli fue el superintendente de Servicios de la Salud de la gestión K e integrante de la Mesa Ejecutiva de la Alianza Frente para la Victoria.

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Lijo procesó además a Sebastián Gramajo (ex legislador de la Ciudad de Buenos Aires y responsable político de la alianza electoral), Néstor Lorenzo, Carlos Torres, Gabriel Brito y Solange Bellone (viuda de Sebastián Forza, una de las víctimas del triple crimen de General Rodríguez).

Según consignó el CIJ, en su resolución el magistrado afirmó que los aportes efectuados por las empresas “Multipharma”, “Global Pharmacy” y “Seacamp” para la campaña electoral del Frente para la Victoria del año 2007 se puso en circulación en el mercado la suma total de ochocientos ochenta y seis mil pesos de origen ilícito, a los fines de disimular la fuente real de los fondos y obtener su apariencia de licitud.

Se analizó que tanto Néstor Lorenzo como Héctor Capaccioli fueron los encargados de poner en circulación este dinero y aprovecharon la campaña política para llevarlo a cabo. En base a las limitaciones que presentaba la ley de financiamiento de los partidos políticos (Ley 26.215) necesitaban de compañías privadas para desarrollar la maniobra, ya que no podían realizar donaciones anónimas y, además, tenían un tope máximo por empresa.

El juez demostró que la modalidad empleada por esta maniobra era la siguiente: las firmas en cuestión les entregaban a los responsables de la campaña electoral un cheque con el aporte correspondiente, recibiendo a cambio el recibo por parte de éstos y, en la fecha de cobro, las libranzas eran cubiertas con depósitos de dinero en efectivo.

En tal sentido, se verificó que “Multipharma”, “Seacamp” y “Global Pharmacy” no contaban con capacidad económica suficiente para hacer frente a los aportes que aquí se registraron, las sumas aportadas no guardaban similitud con los parámetros de dinero que manejaban, y además no poseían registros contables de los correspondientes aportes realizados. Así, destacó que las empresas carecían de fondos suficientes para ello e igualmente realizaron esos aportes bajo un supuesto modo de donación.

Indicó además que las operaciones realizadas por esas tres empresas no guardaban semejanza con su realidad económica. Aclaró que "carecía de sentido realizar una donación por un monto mayor al que la compañía podía manejar", y sólo era posible llevarlo a cabo si ese dinero no le pertenecía. Por ello, sostuvo que se trataba de "blanquear dinero de origen espurio que no se encontraba debidamente declarado".

A raíz de todas las pruebas colectadas, el magistrado consideró que quedó evidenciado que las circunstancias y el contexto en las que los activos fueron manejados permitían deducir indefectiblemente que los fondos aportados sólo podían provenir de la comisión de un delito. En efecto, destacó que "no existiría razón alguna para encubrir el origen del dinero si ello no fuera así".

Respecto del origen ilícito del dinero tuvo en cuenta tres cuestiones: (1) incremento patrimonial injustificado u operaciones financieras anómalas; (2) inexistencia de actividades económicas o comerciales legales; y (3) vinculación, relación o conexión con actividades de tráfico de estupefacientes, o con otras actividades delictivas, o con personas o grupos relacionados con ellas.

Así las cosas, Lijo sostuvo que se advirtieron indicios de que el dinero pudo haber provenido de carteles de droga de México. En ese orden, mencionó que el propio Forza indicó oportunamente que el dinero que aportó su empresa “era plata del narcotráfico, más precisamente de los carteles de México”.

Al respecto, sostuvo que través de los elementos colectados se estableció que Torres, Lorenzo y Forza habitualmente transitaban por las cooperativas (o entidades financieras irregulares) donde iban a cambiar sus cheques para la obtención de dinero. "En ese ámbito se relacionaban y conocían muchos empresarios que –conforme fuera comprobado en el marco del expediente del Triple Crimen- se encontrarían vinculados al tráfico de efedrina, como lo eran Ibar Pérez Corradi, Luis Marcelo Tarzia, Ariel Vilán, entre otros".

Concluyó, en base a lo expuesto, que una de las hipótesis es que "el dinero aportado en la campaña haya provenido del tráfico de efedrina".

En síntesis, a raíz de la demostrada incapacidad económica de las empresas aportantes, "la forma en la que fueron cubiertos los cheques librados, el hecho de que los correspondientes recibos fueran encontrados en el domicilio del propio Lorenzo, la vinculación existente entre los intervinientes –quienes fueron procesados por conformar una asociación ilícita-, como así también sus conexiones con actividades delictivas como el tráfico de efedrina", el juez afirmó que "indudablemente el dinero aportado en la campaña tiene origen ilícito".

LA SENTENCIA DEL JUEZ ARIEL LIJO: