POLITICA
Provincia de Buenos Aires

Reelección indefinida de Intendentes: qué dice el proyecto que busca evitarlas

La iniciativa intenta clarificar la normativa sancionada en 2015 por la entonces gobernadora María Eugenia Vidal.

Intendentes Bonaerenses
El Gobierno busca modificar la ley que prohíbe la reelección indefinida de intendentes. | Gentiliza de elgrancampeon.com.ar

La Legislatura de la Provincia de Buenos Aires trata este martes la reelección indefinida de los intendentes, uno de los temas más emblemáticos en el ámbito político bonaerense. A través del proyecto del senador por Juntos, Juan Pablo Allan, se quiere esclarecer la ley que señala que una persona no pueda ser reelegida o ocupar el mismo cargo sino espera el paso de un intervalo de un período.

"Quedan comprendidos en la prohibición todos aquellos que hayan asumido su cargo por un segundo periodo sin importar que el mismo haya sido ejercido total o parcialmente", expresa la iniciativa que busca modificar el artículo 3° del Decreto Ley N° 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades".

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Dentro de sus fundamentos, el proyecto que tiene el acompañamiento de Joaquín de Latorre, compañero de Allan y ex intendente de San Miguel, dice que esta reforma deja en claro el objetivo de la norma sancionada por la entonces gobernadora María Eugenia Vidal, en diciembre de 2015. "Una ley clara que terminó desdibujándose por las interpretaciones que desvirtúan claramente su espíritu", explica.

En ese sentido, manifiesta que muchos dirigentes utilizaron el decreto reglamentario 265/19 para situaciones puntuales y excepcionales "como herramienta generalizada de la renuncia o licencia a sus cargos antes de cumplirse los dos años de mandato para burlar la voluntad del legislador" y poder presentarse nuevamente a elecciones para el cargo al que habían renunciado.

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Por otro lado, la reforma también plantea modificar las leyes correspondientes para Consejeros escolares y Diputados y Senadores provinciales. "Podrán ser reelectos por un nuevo período; si han sido reelectos no podrán ser elegidos en el mismo cargo, sino con intervalo de un período", puntualiza, al mismo tiempo que aclara que, así será "sin importar que el mismo haya sido ejercido total o parcialmente".

En otro de los puntos, sostiene que los mandatos de los Intendentes, Concejales, Consejeros, Diputados y Senadores que hayan iniciado a partir de las elecciones de los años 2017, 2019 y 2021 serán considerados como primer período "a los efectos de la aplicación de la presente Ley”.

"Históricamente veníamos viendo como muchos dirigentes se perpetuaban en sus cargos durante años o incluso décadas generando un estancamiento dirigencial y una absoluta falta de renovación de la política, no solo en materia de personas sino también de ideas", concluye el documento que expresa "obturar la posibilidad de esquivar una ley que buscaba llevar mayor transparencia a la política".

FP cp