POLITICA
Lo habilita el DNU dentro de la emergencia

Topes a precios y validar títulos médicos, opciones en modo crisis

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Insumos. El DNU incluye medidas para evitar el desabastecimiento. | cedoc

El Gobierno nacional prorrogó la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de este año y recomendó una serie de restricciones y disposiciones que podrían activarse en caso de un desborde sabitario como la implementación de precios máximos a insumos médicos o la validación de títulos de personal de Salud.

El DNU dispuso, en este sentido, que los Ministerios de Salud y de Desarrollo Productivo, en forma conjunta, puedan fijar precios máximos para los insumos críticos para luchar contra la pandemia, definidos como tales, y adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento

También la nueva norma establece, ante una situación sanitaria epidemiológica crítica, un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud.

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Para esta habilitación, se dará previa intervención al Ministerio de Educación, y se deberá contar con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran, señala la norma, que modifica a su vez al decreto 260/2020, que estableció originalmente la ampliación de la emergencia sanitaria, hasta marzo de este año.

El decreto 167 dispone además la posibilidad de contratar a exfuncionarios o exfuncionarias o personal jubilado o retirado, exceptuándolos temporariamente del régimen de incompatibilidades vigentes para la administración.

En tanto, quienes arriben al país desde el exterior, deberán cumplir un aislamiento de 14 días en las condiciones que establezca la autoridad sanitaria nacional, salvo las excepciones dispuestas por el decreto o por la autoridad migratoria.

Están exceptuadas de cumplir el aislamiento obligatorio los diplomáticos exclusivamente “para cumplir una misión oficial, con autorización de la Dirección Nacional de Migraciones”, bajo la supervisión de la Cancillería argentina, y que no presenten síntomas de Covid-19.

Asi como los funcionarios públicos y los representantes del Estado argentino en organismos internacionales, “cuando regresen de viajes al exterior realizados en su carácter de integrantes de delegaciones oficiales”.

Además, no deberán cumplir el aislamiento las personas extranjeras no residentes autorizadas expresamente por la Dirección Nacional de Migraciones, para desarrollar “una actividad laboral o comercial esencial para la que fueron convocadas”; los nacionales o extranjeros en tránsito hacia otros países “con una permanencia menor a 24 horas en aeropuertos nacionales”, y los transportistas y tripulantes internacionales “en exclusivo ejercicio de su actividad”.