La Sala I de la Cámara Federal, con los votos de los jueces Mariano Llorens y Martín Irurzun, revocó una decisión del juez Daniel Rafecas y ordenó aplicar la ley de juicio en ausencia para juzgar a los señalados como responsables del ataque a la AMIA, prófugos de la Justicia argentina.
El fiscal de la causa, Sebastián Basso, había solicitado procesar a los iraníes y libaneses señalados por la voladura de la mutual judía. Rafecas se lo negó, con el argumento de que no había resolución judicial definitiva sobre el asunto, pero en una sentencia que emitió este jueves -a la que tuvo acceso PERFIL-, el tribunal hizo lugar al pedido de Basso.
En la sentencia que cuestionó Basso, el juez Rafecas había señalado que la resolución que determinó la aplicación del juicio en ausencia está a la espera de la definición de la Cámara de Casación Penal y “rige el efecto suspensivo hasta que el recurso sea resuelto”.
La Cámara Federal confirmó el juicio en ausencia contra los acusados del atentado a la AMIA
El fiscal Basso apeló la sentencia de Rafecas con el argumento de que “las leyes del Congreso son de aplicación inmediata”. “Resulta contradictorio permitir que la defensa oficial actúe en nombre de los prófugos mientras simultáneamente se suspende el trámite que esa misma ley habilita”, indicó.
La ley que rige el juicio en ausencia es la 27.784, sancionada por el Congreso en 2025. En una sesión en febrero del año pasado, el Senado lo convirtió en ley, con 45 votos afirmativos y 22 negativos (sin abstenciones). La iniciativa obtuvo los votos de los bloques de La Libertad Avanza (LLA), el Pro, la Unión Cívica Radical (UCR), Provincias Unidas y un sector del peronismo.
En el juicio en ausencia están imputados Alí Fallahijan, Ali Akbar Velayati, Moshen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Ahmad Reza Ashari o Mohsen Randjbaran, Mohsen Rabbani, Salman Rauf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar, prófugos de la Justicia argentina.
El juez Rafecas se reunió con familiares y querellantes en la causa AMIA
En la sentencia de este jueves, la Sala II de la Cámara Federal consideró que el hecho de que “existan recursos pendientes de resolución” ante la Cámara de Casación Penal “no obstará a la continuación del proceso transitando el caso hacia la instancia de juicio”.
Llorens e Irurzun valoraron “la necesidad de dotar de celeridad a la causa a través de un proceso que tumbe las barreras formales que distancian el conflicto de la reacción judicial esperada”. En su voto, Llorens planteó que en una sentencia anterior en la misma causa se pronunció “sobre la necesidad de garantizar a las víctimas, sus familias y a la comunidad su derecho a la verdad, que ha sido lesionado gravemente en un contexto atravesado por mecanismos infructuosos e ineficaces para esclarecer los hechos y sancionar a sus responsables”.
Atentado a la AMIA: la Justicia ordenó el juicio en ausencia para los acusados iraníes y libaneses
El juez remarcó que “la extrema gravedad del suceso demanda una respuesta adecuada y efectiva por parte de las autoridades judiciales”. “No se puede soslayar que ya han pasado más de treinta años desde el atentado contra la sede de la AMIA y este deber estatal aún no ha sido cumplido”, dijo.
“Es así que la norma sancionada en el ámbito local se presenta como el instrumento jurídico capaz de posibilitar, de una vez, el esclarecimiento pleno de los hechos como medio para que la determinación de la verdad se concrete efectivamente. Por ello, paralizar la prosecución de la causa en ese contexto implica diluir las metas de la ley y, al mismo tiempo, solventar la paradoja en la cual quienes hemos sido llamados a aplicar un mecanismo nacido en aras de alcanzar la verdad y la justicia culminemos retrasando el logro de ese objetivo”, escribió Llorens.