El Sanatorio Otamendi rompió el silencio después de que se diera a conocer que una medida cautelar lo obligó a aceptar que se le administre a un paciente internado por coronavirus la aplicación de ibuprofeno de sodio inhalatorio y el suministro de CDS (dióxido de cloro) por vía endovenosa. El caso generó una gran preocupación entre la comunidad médica porque puede sentar una peligrosa jurisprudencia tal y como anticipó en exclusiva PERFIL.
El centro asistencial emitió un comunicado al que tuvo acceso este medio, en el que destacó que el dióxido de cloro es “una sustancia no aprobada por ANMAT ni aceptada como tratamiento por ninguna organización científica seria de todo el mundo”.
La institución fue notificada el día 7 de Enero del dictado de la medida cautelar en la que se le ordenó garantizar a un paciente de 92 años internado por neumonía grave causada por el covid-19, la implementación de los tratamientos prescriptos por un médico allegado a la familia del mismo.
Dióxido de cloro: la familia del paciente que murió denunciará al Sanatorio Otamendi
“La decisión judicial consignaba que dichas aplicaciones debían ser realizadas por el médico prescriptor, quien no forma parte de los equipos médicos de nuestra institución, y bajo su exclusiva responsabilidad. Por la misma decisión, la provisión de los mencionados compuestos quedó a cargo de la familia del paciente, toda vez que la comercialización de los mencionados productos no se encuentra autorizada para uso medicinal”, se detalló en el escrito.
Hasta ese momento, el paciente había recibido el tratamiento correspondiente a su cuadro clínico, y se mantuvo siempre bajo los controles establecidos por el centro asistencial. El Sanatorio Otamendi sostuvo que “acató inmediatamente la orden judicial, sin perjuicio de haber interpuesto los recursos legales correspondientes por tratarse de compuestos cuya utilización en pacientes covid positivos fue enfáticamente desaconsejada por la Organización Panamericana de la Salud, la ANMAT, la Sociedad Argentina de Infectología, y tantas otras instituciones y asociaciones científicas a nivel local e internacional”.
El sanatorio aseveró que la administración de los compuestos fue llevada a cabo únicamente por el médico tratante “cuya especialidad no está relacionada con la materia”. El especialista tenía la matrícula vencida y mintió sobre sus especialidades entre otras irregularidades, tal y como informó este medio.
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“Tal cual se consigna en todos los seguimientos realizados, el paciente no presentó ninguna mejora clínica en las horas subsiguientes. Su estado general se agravó en la mañana del día 11 de Enero, procediéndose a su traslado al área de terapia intensiva, donde falleció horas más tarde”, aclaró la institución.
Esta última afirmación contradice lo expuesto por el abogado Martín Sarubbi, que representa a la familia del paciente. En declaraciones a la prensa ayer martes 12 de enero, el letrado aseguró que cuando se inició el tratamiento con dióxido de cloro el hombre registró "una franca mejoría en el compromiso pulmonar en lo que tenía que ver con el cuadro de covid".
"Según la historia clínica, a partir del tratamiento con ibuprofeno y dióxido de cloro comenzó a saturar (oxígeno) correctamente, alrededor del 98%", insistió el abogado, quien anticipó que iba a denunciar a la institución por presunta desobediencia de la orden del juez federal Javier Pico Terrero y homicidio culposo por no acatar la medida judicial.
Consecuencias para el magistrado. Un grupo de expertos de diversas asociaciones médicas de prestigio presentó ayer una denuncia contra el juez federal subrogante Javier Pico Terrero por "desempeño apresurado y negligente" después de que avaló el suministro de la sustancia.
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