Pasadas las jornadas informativas, en las que se escucharon voces a favor y en contra del proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo, Fundación Huésped analizó algunos argumentos de los más de 700 expositores, de cara al debate en el recinto. Así, verificando los datos con fuentes confiables, se determinó que de un total de 52 afirmaciones analizadas, 27 fueron verdaderas, 14 falsas, 7 resultaron no chequeables, y 2 dudosas.
“Buscamos generar un aporte al debate parlamentario para que los votos de los diputados se basen en información validada”, sostuvo Leandro Cahn, director ejecutivo de Huésped, organización a cargo de la iniciativa, que contó con sesenta voluntarios.
Algunos de los argumentos chequeados fueron:
“El aborto es la primera causa individual de muerte materna.” (Verdadero)
La afirmación de la médica Mariana Romero, del Observatorio de Salud Sexual y Reproductiva (Ossyr), es verdadera, “de acuerdo con los datos de la Dirección de Estadísticas e Información de Salud del Ministerio de Salud de la Nación, el organismo oficial a cargo del registro de esta información”.
“Sabemos que, por el orden jurídico en Argentina, esto que estamos tratando es totalmente anti-constitucional.” (Falso)
En su intervención, Alejandro Geyer, organizador de la marcha a favor de la vida, sostuvo la inconstitucionalidad del debate. Según lo corroborado por Huésped, el argumento es falso, ya que “en el fallo F.A.L. (entre los considerandos 10 y 14) de 2012 –que establece los alcances del aborto no punible–, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos firmados por Argentina e incorporados en la Constitución no son un obstáculo para la despenalización del aborto. Por lo que, si el aborto es legal en las causales previstas en el artículo 86 del Código Penal –cuando hay riesgo de vida o es producto de una violación–, no hay un impedimento constitucional para interrumpir el embarazo”.
“De acuerdo con nuestra Constitución, todo ser humano es persona, y la humanidad comienza con la concepción. Así lo dice la Convención [Interamericana de Derechos Humanos].” (Dudoso)
Fue expresado por el abogado y ex ministro de la Corte Suprema Rodolfo Barra. Según lo analizado, la validez del argumento es dudosa, ya que “la Constitución Nacional no define a la persona ni determina cuándo comienza la humanidad. La incorporación en 1994 de tratados y convenciones con rango constitucional incluye la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que dice en su artículo 4.1 que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por ley y, en lo general, a partir del momento de la concepción”. El fallo de la CIDH en el caso Artavia Murillo aclaró que “es posible concluir de las palabras ‘en general’ que la protección del derecho a la vida con arreglo a dicha disposición no es absoluta, sino gradual e incremental según su desarrollo, debido a que no constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general”. Por todo esto, el argumento presentado es dudoso ya que para afirmar su veracidad hay que considerar lo presentado anteriormente”.
“La mifepristona, junto con el misoprostol, logra el 90%, casi el 100%, de los abortos seguros en el primer trimestre.” (Verdadero)
Fue expuesto por la médica Analía Bruno, miembro de la Red de Profesionales por el Derecho a la Salud. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), “se ha demostrado que la mifepristona y el misoprostol son sumamente eficaces, seguros y aceptables para abortos antes de las nueve semanas desde la fecha de la última menstruación (FUM). Se han notificado índices de eficacia de hasta el 98%”.
“A las 12 semanas de embarazo, el niño ya tiene sus huellas dactilares.” (Verdadero)
Fue uno de los argumentos expresados por Mariana Rodríguez Varela, una de las voces que más se pronunciaron contrarias al proyecto de interrupción legal del embarazo (ILE). Según lo chequeado, “es verdadero que en el desarrollo de un feto, entre las semanas 11 y 13, se comienzan a formar las huellas dactilares”.
“A una mujer que aborta en circunstancias seguras, dentro del marco de la ley y en hospital público, se le brinda un método anticonceptivo posterior a ese aborto, con lo cual se corta esa cadena de aborto tras aborto clandestino.”
(No chequeable)
Expuesto por Sandra Vázquez, directora de FUSA. “No hay fuentes que permitan corroborar que a las mujeres que abortan en hospitales públicos se les brinda un método anticonceptivo y que eso permite evitar sucesivos abortos. Sin embargo, Según el Protocolo ILE del Ministerio de Salud, eso es lo que debería suceder; por lo tanto, aunque no es verificable, es esperable que lo mencionado en el argumento sea correcto”.