SOCIEDAD
A pasos de recuperar su libertad

La Corte Suprema de Justicia revocó el fallo que negaba la excarcelación a Romina Tejerina

El máximo tribunal dejó sin efecto la negativa del Tribunal Superior de Jujuy de negarle la libertad a la joven acusada de asesinar a su propia hija fruto de una violación. El caso había escandalizado a la opinión pública.

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La joven jujea Romina Tejerina, en la crcel donde actualmente cumple su condena. | CEDOC

La Corte Suprema de Justicia revocó hoy por “falta de fundamentación” la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Jujuy que negaba la libertad a la joven Romina Tejerina, quien purga una condena a catorce años de cárcel por el crimen de su beba recién nacida y que había sido producto de una violación.

De esta manera, el máximo tribunal del país ordenó volver a revisar el fallo de la justicia jujeña la pena impuesta a la joven. La Corte compartió los argumentos del fiscal Eduardo Casal y revocó las resoluciones que el tribunal jujeño dictó contra Tejerina, que asegura que la niña que dio a luz y a la que luego quitó la vida, fue producto de una violación supuestamente perpetrada por su vecino Eduardo Vargas.

En uno de sus fundamentos, la Corte estimó que “la paralización del trámite en las condiciones en que fue resuelta produce una demora injustificada en la decisión del derecho que se proyecta con los alcances propios de una denegación de justicia (...) y la necesidad de atenuar el rigor en el examen de los recaudos formales que condicionan la procedencia de la vía extraordinaria a fin de evitar el menoscabo a la garantía de defensa en juicio protegida por el artículo 18 de la Constitución Nacional”.

La defensa acudió en queja a la Corte Nacional y consiguió que el tribunal obligue a Jujuy a dictar “un nuevo fallo, conforme a derecho”, respecto del planteo de excarcelación de Romina. Por ese motivo, el máximo tribunal dejó sin efecto el fallo que rechazó la excarcelación de Tejerina “por falta de fundamentación necesaria para configurar un acto jurisdiccional válido”.

La Corte cuestionó la resolución de los tribunales jujeños que paralizaron los trámites de apelación de la condena hasta tanto exista sentencia definitiva en el proceso que afronta Vargas por “abuso sexual con penetración” en perjuicio de Romina.

En ese sentido, el fallo resulta clave para observar los pasos a seguir con relación a la demora otorgada por el tribunal jujeño: “No se advierte en la resolución impugnada cita legal alguna que brinde sustento tanto a la decisión cuanto a la competencia del tribunal superior para tratar directamente en esa instancia y sin sustanciación alguna el pedido de excarcelación, con la consiguiente imposibilidad para los recurrentes de debatir los distintos aspectos fácticos y normativos que invocaron en apoyo de su pretensión”.

La joven fue violada y quedó embarazada. Cuando nació su beba la mató a puñaladas. Por ese entonces, la fiscal Liliana Fernández de Montiel solicitó la prisión perpetua por el delito de homicidio agravado por el vínculo y la chica fue condenada el 22 de junio de 2005 por la Cámara Penal de Jujuy, bajo el cargo de homicidio calificado.

La defensa, en cambio, pedía la absolución por inimputabilidad: sostenía que Romina había actuado bajo los efectos de un brote psicótico que la hizo ver en la cara del bebé no deseado el rostro del hombre que abusó de ella. Poco después, la Sala II de la Cámara Penal de Jujuy la condenó a catorce años de prisión. Ahora el máximo tribunal del país quiere que revea ese fallo.