Si pudiera pensarse que la pandemia nos dejará al fin de cuentas algo bueno, en esa lista tendría sin dudas que figurar la modernización de nuestro sistema sanitario. Otoñal, perezoso, transitorio… son todos adjetivos que le caben, por más que en las últimas semanas, las obras sociales se hayan animado a dar un paso más para mejorar la calidad de vida de los argentinos. Y esta vez le tocó decir presente al circuito farmacéutico.
El Ministerio de Salud de la Nación autorizó (Resolución 696/2020) a todos los prestadores médicos habilitados a enviar por medios electrónicos (e-mail, whatsapp, mensaje de texto, fax) una prescripción médica a sus pacientes. En teoría, el afiliado podrá luego elegir en qué farmacia comprar sus remedios con la imagen de la receta que recibió de su facultativo. El objetivo de la medida en realidad favorece sobre todo al cuerpo médico, porque aligera de gente los consultorios. Desde la perspectiva del paciente, sólo sirve a medias. Y en tiempos de pandemia, bastante poco.
¿Podría pensarse en universalizar un delivery de medicamentos, para disminuir la circulación, sobre todo de los mayores? Imposible, “dejaría de ser un servicio profesional sanitario”, responden para cerrar el tema. “Todavía necesitamos que los pacientes vengan a las farmacias con DNI, credenciales y sobre todo el número de receta, pues los sistemas informáticos de las farmacias requieren ese número de receta”, aclara María Isabel Reinoso, Presidente de la Confederación Farmacéutica Argentina. Es decir, no sólo hay que seguir yendo a la farmacia sino además sólo a las autorizadas por la obra social de cada uno. “Existen más de 200 convenios distintos con las obras sociales, por eso aún no se han podido terminar los procesos requeridos con todas ellas. Los profesionales farmacéuticos están haciendo un esfuerzo muy importante, solucionando cada caso, paciente a paciente”, detalla Reinoso.
Esta nueva disposición cubre la compra de ciertos remedios indicados para ataques de pánico, depresiones, casos neurológicos o cualquier otra dolencia crónica (sólo los incluidos en las listas farmacéuticas 3 y 4). Sin embargo, “la salud es potestad del Ministerio de Salud de cada provincia, que puede adherir en su totalidad a lo que dice el Ministerio de Salud de la Nación o sólo hacerlo en parte. Esta nueva resolución de la Nación, en la práctica, se complica porque un psicofármaco recetado por un médico de CABA no puede venderse en la provincia de Buenos Aires, que todavía no se adhirió a esta resolución”, detalla José Daniel Carnevale, Secretario de Relaciones Institucionales de la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias (FACAL) y Presidente de la Cámara de Farmacias de la Provincia de Santa Fe.
“Por otra parte, se está generando una confusión con esta nueva mecánica de enviar la foto de una receta física mediante un medio electrónico, porque esto no es una receta electrónica. Una de las pocas obras sociales de Argentina que tienen hace tiempo una receta electrónica es PAMI (Programa de Atención Médica Integral)”, aclara Carnevale. “El PAMI –continúa- tiene una base de datos de todos sus médicos, con sus firmas electrónicas guardadas en una Nube. A cada beneficiario le corresponde un número en la Nube, con el listado de medicamentos que precisa. Funciona como el token del sistema bancario. Entonces el afiliado -o un tercero- concurre a la farmacia con su DNI, el farmacéutico ingresa al sistema FarmaPami, e imprime una receta de validación. Esto es una receta electrónica, porque no es una imagen digital de una receta física sino una hecha en la Nube”.
La peor noticia es que para la mayoría de los argentinos, estos guiños de la vida moderna se desvanecerán cuando cese o se mitigue la emergencia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541, con motivo del COVID-19. ¿Debería venir para quedarse? ”Definitivamente la seguridad social tendría que tender hacia esto, porque evitaríamos un montón de problemas con las prescripciones incorrectas, el cambio de tinta o la letra del médico que no se comprende. Y por cuestiones administrativas, es más ágil”, opina Carnevale.
La opinión de las prepagas
“Si bien Swiss Medical hace tiempo dispone de E-Consulta, receta digital y un servicio de orientación médica telefónica, estas medidas per se hubiesen sido parciales sin la flexibilización de la prescripción de recetas para la medicación de uso ambulatorio sin obligatoriedad del duplicado disponiendo de una alternativa de envío por canales electrónicos”, convalida el Dr. Pablo Freire, Gerente Gestión de Prestadores Swiss Medical Medicina Privada.
Por su parte, OSDE clarifica la interpretación de la Resolución 696: “la nueva reglamentación respecto a la receta digital es aplicable a todo tipo de medicación excepto los psicotrópicos (que requieren un registro específico para la emergencia COVID19) y los medicamentos que deban aplicarse a pacientes internados o con tratamientos que requieren internación ambulatoria. Además, también rige en el caso de los tratamientos crónicos; para eso se habilitaron las consultas médicas on line”.
“Medifé ya venía trabajando las recetas electrónicas con las plataformas adecuadas y lo ha intensificado para este contexto, así que la crisis no nos tomó por sorpresa”, especifica Fernando Coppolillo, Gerente de Prestaciones Médicas de Medifé, empresa de medicina prepaga. “Y creemos que este mecanismo debería hacerse extensivo y permanente para todo el sistema de salud público, privado y de obras sociales”, opina.