La Oficina de Monitoreo de Avisos de Oferta Sexual, el organismo que fue creado por un decreto de la presidenta Cristina Fernández, podrá aplicar sanciones a partir del 18 de julio a los medios de comunicación o portales de internet que violen la prohibición de difundir las publicidades contempladas en la resolución, confirmó el ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak.
El funcionario expresó que durante la jornada se reunió con representantes de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y del Consejo Nacional de las Mujeres para acordar la conformación de la Oficina.
Sin embargo, aclaró que "internamente está funcionando a pleno todo el mecanismo" que dispone el decreto 936/11 firmado el martes último por la Presidenta, que prohíbe la publicación en los medios de comunicación de avisos que promuevan la oferta sexual.
En declaraciones a radio Continental, el ministro resaltó que "muchos medios han dejado de publicar hoy avisos", aunque otros continuaron haciéndolo.
"Si no se especifica claramente en el texto, la vigencia de una norma, según establece el Código Civil, comienza a correr a los ocho días hábiles de la publicación" en el Boletín Oficial, dijo el ministro de Justicia.
El funcionario, al respecto, señaló que los medios de comunicación que mantengan la publicación de avisos con ofertas sexuales serán "notificados de la vigencia del decreto".
"Las sanciones comenzarán (a aplicarse) el 18 de julio", agregó Alak, quien aclaró que la medida apunta no sólo a los medios gráficos impresos y digitales, sino también a los folletos que se pegan o reparten en la vía pública.