Este lunes, investigadores, abogados, legisladores y pacientes de técnicas de reproducción asistida debatirán acerca de un proyecto de ley que busca poner fin al vacío legal que rige con los embriones congelados; es decir, aquellos que no se implantaron y se conservan en los centros de fertilización.
Entre otros puntos, el proyecto, cuya autoría es del diputado del FpV, Daniel Filmus -y lleva la firma de varios legisladores de distintos bloques-, establece un límite de tiempo para su conservación, y destinos posibles que la pareja podrá determinar al momento de iniciar el tratamiento. Además, se apoya en fallos del derecho internacional, donde se establece que no se los reconoce como personas.
“Este proyecto de ley intenta responder a una deuda pendiente, porque cada vez tenemos más técnicas de reproducción, se conoce mejor la práctica y la ley de cobertura médica hace que la gente accede más. Entonces, es necesario plantearnos qué hacer”, explica Marisa Herrera, investigadora del Conicet, y abogada especializada en derecho de familia (UBA).
Herrera será una de las expositoras del debate y fue una de las autoras del anteproyecto del nuevo Código Civil de 2014, que incluyó las técnicas de reproducción asistida, pero no reguló qué hacer con los embriones no implantados. Entonces se estableció que se trataría por separado; y si bien desde entonces hubo proyectos previos, ninguno avanzó hasta el momento.
“El vacío legal es problemático especialmente para los titulares, pero también respecto de las clínicas que al carecer de marco, en muchos casos obstaculizan los derechos de los pacientes”, aporta Filmus.
Según datos de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (Samer), en 2017 había más de 54 mil embriones congelados en centros de fertilización asistida del país. Casi un 40% se encontraban congelados desde 2007.
¿Qué pasa con esos embriones? ¿Quién decide? ¿Quién se hace cargo de los costos de su conservación? ¿Qué pasa cuando una pareja se separa? Todo eso busca responder el proyecto. Ante la ausencia de un marco legal, las parejas deben arreglar con la clínicas; si descartarlos, o conservarlos. Y hubo casos que terminaron judicializados, por conflictos, por ejemplo, entre parejas separadas; o de quienes tuvieron dificultades para acceder a la cobertura del tratamiento. Los costos anuales de criopreservación de embriones superan los $ 30 mil; y pasados los cinco años, la tasa de abandono de embriones en las clínicas alcanza el 30%.
Alcances. El proyecto de ley establece un plazo límite de diez años para la criopreservación de los embriones no implantados; prohíbe la comercialización y la generación de los mismos sin fines reproductivos ni terapéuticos; y establece algunos destinos posibles: ser utilizados por sus titulares para posteriores tratamientos; ser donados con fines reproductivos o con fines de investigación; o cesar su criopreservación.
La discusión también estuvo presente el año pasado, en el debate por el aborto legal que se dio en el país. En ese contexto, el proyecto se apoya en lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en el fallo “Artavia Murillo y otros c/Costa Rica” de 2012, concluyó que un embrión no es persona, al considerar que “el embrión in vitro no puede tener la misma protección de una persona humana”, y que la concepción “tiene lugar desde el momento en que el embrión se implanta en el útero”.