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ANMAT retiró de circulación dos edulcorantes stevia

La disposición fue publicada en el Boletín Oficial. Los productos infringían el Código Alimentario Argentino (CAA). La marca también registró infracciones en el año 2018 por descripciones engañosas.

Stevia
Dos edulcorantes stevia fueron prohibidos | Pixabay

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y circulación de dos edulcorantes stevia y unos snacks, en este caso palitos salados, en todo el territorio nacional y plataformas de comercialización online.

Los productos “Stevia, Endulzante Natural, Grupo Eco, Endulzando La Vida, Presentación granulado” y “Stevia, Endulzando La Vida, Presentación en polvo”, ambos procesados y distribuidos por Naturaleza Boliviana, Reg. Sanitario 028043, Caranavi, Bolivia, fueron los edulcorantes prohibidos según indica la disposición 1636/2022 del Boletín Oficial.

Según explicó la ANMAT, el motivo de la prohibición radica en que el Departamento de Autorización y Comercio Exterior de Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) no tiene “en su base de información antecedentes de registros ni ingresos al país de los mencionados productos”. A esto se suma que “carecen de registros de establecimiento y de producto”.

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Anteriormente, en 2018, la ANMAT había retirado el producto “Stevia, Endulzando la Vida - 100% stevia cristalizada”, origen Bolivia, contenido neto 80g, vencimiento octubre de 2020”. Desde la administración señalaron que, entre otras irregularidades, el edulcorante carecía de glicósidos de esteviol y que los edulcorantes nutritivos autorizados lo requieren, por ende, la descripción “100% stevia cristalizada” resultaba engañosa o confusa para el consumidor.

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Por otra parte, el organismo prohibió los palitos salados Verónica Snacks, peso neto 1000gr en tres sabores: clásicos, jamón y queso. Según indica la disposición 1584/2022, este producto era elaborado por: R.N.E: 040036624, envasado por: Verónica Snacks, Luca, Córdoba, R.N.E: 04004883, R.N.P.A: 04035072″). Su retiro del mercado se debió a que “carece de registros de establecimiento y de producto, y consigna en su rótulo información perteneciente a otra razón social y producto”.

Al infringir el Código Alimentario Argentino (CAA), los productos prohibidos son considerados ilegales. “Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, añade la entidad.

AS/FL