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Aulas en la Justicia

Clases: la Corte Suprema pidió a la Procuración que estudie la demanda de Rodríguez Larreta

El Alto Tribunal quiere que se dictamine si corresponde su intervención. Aunque el reclamo porteño pidió "que se falle en forma urgente", la Procuración no tiene plazos para expedirse.

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Corte Suprema de Justicia. | CIJ

La Corte Suprema de Justicia recibió este viernes 16 de abril la demanda del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta para que no se frenen las clases presenciales en la ciudad de Buenos Aires, y lo giró a la Procuración General de la Nación para que dictamine si es competente la intervención del Máximo Tribunal en el tema.

Los jueces de la Corte no pidieron opinión sobre la medida cautelar, sino sobre si corresponde intervenir. Ahora, la Procuración no tiene plazos para dictaminar, más allá del pedido de la Ciudad para que la Corte falle "en forma urgente".

La presentación que realizó el jefe de Gobierno porteño ante la Corte Suprema advirtió que las restricciones impuestas por el presidente Alberto Fernández implican "una virtual intervención federal" sobre la Ciudad, remarcando, tal como sostuvo Larreta el jueves en su conferencia de prensa, que "la suspensión de las clases presenciales dispuesta no se encuentra justificada en datos empíricos".

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El recurso de la Ciudad fue presentado ante el máximo tribunal a las 9:50, es decir diez minutos antes de que se diera inicio a la reunión entre Fernández y Larreta en la Quinta de Olivos para hablar sobre las diferencias de criterios ante el fuerte aumento de casos de coronavirus.

La acción judicial porteña busca que se declare la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 241/21 del Poder Ejecutivo Nacional, que comenzó a regir este viernes y que dispone la suspensión de las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades desde el 19 de abril hasta el 30 de abril inclusive, entre otras medidas.

El reclamo de la Ciudad es puntualmente contra el artículo 2 del DNU y reclama que se ordene al Estado Nacional que "abstenerse, hasta el dictado de la sentencia definitiva y firme, de llevar a cabo cualquier acto que implique poner en ejecución el Decreto cuestionado".

Al entender del Gobierno porteño, la suspensión de las clases presenciales violan la autonomía de la Ciudad e implica "una virtual intervención federal", ya que afirma que la Nación "se arroga potestades sobre competencias eminentemente locales, en salud y educación".

Además la presentación porteña advierte que "no es razonable, ya que la suspensión de las clases presenciales dispuesta no se encuentra justificada en datos empíricos, y resulta arbitraria porque obedece exclusivamente a la voluntad de quien detenta el Poder Ejecutivo Nacional".

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En ese sentido, la Ciudad aseguró que "por el contrario está científicamente demostrado, en el ámbito internacional y local, que el grado de contagio en establecimientos escolares es mínimo". También denunció que el DNU "constituye una clara violación al principio de igualdad porque se evidencia una discriminación arbitraria con relación a las restantes provincias, que pueden decidir respecto de la continuidad o suspensión del ciclo lectivo 2021".

La presentación de la Ciudad afirma que las restricciones vulneran tratados internacionales de jerarquía constitucional, como la Convención sobre los Derechos del Niño, que consagra el derecho del niño a la educación, como un derecho progresivo que debe ejercerse en condiciones de igualdad. "Debe garantizarse la efectividad de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que concurren a las escuelas públicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la educación y a la salud, amparados por las normas constitucionales y convencionales", subrayó Rodríguez Larreta en la cautelar.

 

NA/HB