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Los judiciales bonaerenses tienen un convenio especial para trabajar por Zoom o Skype

Punto por punto, qué establece el marco laboral que regula las labores vía Zoom o Skype.

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La disparada del teletrabajo de la mano de la cuarentena por el coronavirus abre el interrogante sobre cómo serán las regulaciones laborales en el futuro no tan lejano. 

En la Asociación Judicial Bonaerense (AJB), el sindicato de los empleados judiciales de la provincia de Buenos Aires, cerraron con la Corte Suprema un “convenio regulador de la modalidad del teletrabajo” durante la pandemia, que constituye la primera regulación específica para las tareas que dejaron las oficinas en este caso públicas y se trasladaron a los domicilios a puro Zoom y Skype.

El marco establece como novedad que el trabajador podrá optar por desempeñarse en esta modalidad si así lo desea y que también podrá revertir la decisión en cualquier momento avisando a la parte empleadora con cinco días de antelación. 

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Además, establece que podrá alegar impedimentos para desarrollar su tarea como problemas con el equipamiento y que también la  jornada laboral a distancia no podrá extenderse más allá del horario habitual presencial.

El convenio fija que los trabajadores no serán responsables por las eventuales fallas o errores generados por el sistema de trabajo y también, algo muy relevante que se analiza en el sector privado, no podrá achacarse eventuales problemas de seguridad informática como pérdidas de archivos con información sensible. A propósito, se establece que no podrán trasladarse expedientes físicos a domicilios particulares y sólo se trabajarán causas sobre constancias digitales.

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A su vez, se deja escrito que no podrá haber ningún tipo de injerencia sobre la vida privada de los empleados y también que se traspasó la nómina de empleados a las ART para que presten la cobertura correspondiente. Para llevar a cabo su trabajo, los judiciales bonaerenses deberán obtener una Credencial de Acceso al Teletrabajo (CAT) a través de un correo electrónico de la Corte, que será personal, exclusivo e intransferible. 

La posibilidad del teletrabajo, sin embargo, no está ampliamente extendida en el mercado laboral argentino, según precisó un documento del Centro para la Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (Cippec), que detalló que unos 3,3 millones de personas desempeñan actividades “teletrabajables”, mientras que unos 8 millones  de  personas no están en condiciones de hacerlo. 

El teletrabajo podria alcanzar a tres millones de trabajadores en el país

Hay grandes diferencias por calificación ocupacional: en el caso de las labores profesionales, más del 50% puede hacer trabajo a distancia, mientras que en tareas no calificadas ese porcentaje baja a menos del 10%.