Condenan a hombre que mostró pornografía y se masturbó ante una niña, pero no irá preso
La Cámara de Casación porteña le confirmó la pena a tres años de prisión en suspenso. El sentenciado forzó a la pequeña a "a observar videos que contenían imágenes de sexo explícito".
La Cámara de Casación de la Ciudad de Buenos Aires confirmó la condena a tres años de prisión en suspenso para un hombre que le mostró videos pornográficos a una niña de 5 años, sobrina de su pareja, y la obligó a observarlo mientras se masturbaba en un baño. Por la pena recibida, el condenado no irá preso.
De acuerdo con el fallo de la Sala Tercera del máximo tribunal penal porteño, el hombre sentenciado forzó a la pequeña a "a observar videos que contenían imágenes de sexo explícito, los cuales le exhibió desde su teléfono celular".
Además, "en una fecha indeterminada dentro de ese período, el imputado obligó a la niña a observarlo mientras se masturbaba en el baño de esa vivienda".
Los hechos ocurrieron entre los meses de abril y noviembre de 2015 en un domicilio ubicado en la calle Juan Domingo Perón, de la Capital Federal, según el texto del fallo que citó la agencia NA.
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Según surgió de la declaración de la niña, exhibida en el juicio oral mediante el sistema de cámara Gesell, la descripción fue: "El tío me dio el celu y puso ese video. Yo le dije: no tío, no puedo mirar eso. Y le hice una broma, le dije que iba a ir al baño, y me fui al baño y me fui a la pieza, y me puse a dormir".
La nena también mencionó que "en una ocasión, el acusado estaba en el baño tocando sus partes y le dijo que lo mire mientras lo hacía".
El tribunal integrado por los jueces Mario Magariños, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus, rechazó todos los planteos de la defensa del condenado. Y ratificó la condena por "exhibiciones obscenas agravadas por la edad de la víctima, a la pena de tres años de prisión en suspenso y costas, y le impuso, por igual término, las obligaciones de fijar domicilio, someterse al cuidado de un patronato y evitar establecer todo tipo de contacto con la damnificada".
"La defensa solo calificó de ‘ambiguo’ al relato de la niña, sin explicar de qué manera ello podría tener alguna sustentabilidad en función de la totalidad del cuadro probatorio del caso, particularmente frente a la circunstancia de que la víctima expresó que en el video aparecían escenas de ‘sexo’ y describió eso como ‘algo que hacen los grandes en la cama’", sostiene el fallo.
mf/ ds
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