La Corte Suprema falló contra Tabacalera Sarandí y le exige que abone más de USD 1000 millones por impuestos impagos
Desde la empresa argumentaron que los montos son desorbitados y cuestionaron a la Corte. "Es un caso de grave inseguridad jurídica", aseveró su dueño, Pablo Otero, luego del fallo.
La Corte Suprema de Justicia falló en contra de Tabacalera Sarandí y la empresa deberá abonar más de mil millones de dólares por los impuestos al tabaco no ingresados en los últimos seis años, una cifra que desde la compañía consideran desorbitada. "Nunca vamos a encontrar justicia en esta CSJN. La buscaremos en otras instituciones", cuestionó Pablo Otero, dueño de la compañía.
El máximo tribunal consideró que el impuesto mínimo al tabaco es constitucional, rechazando así el planteo de la compañía, quien ahora deberá abonar más de 1.000 millones de dólares que adeuda al Estado por no haber pagado este tributo a la entonces AFIP desde 2018, año en que se aprobó la ley que reguló la carga impositiva del sector. Por ese motivo la AFIP reclama el ingreso de todos los montos que la empresa omitió ingresar más los intereses correspondientes.
La ley 24.674 de impuestos internos indica que los cigarrillos tributarán sobre el precio de venta al consumidor un gravamen del setenta (70%). Sin embargo, el impuesto que corresponda ingresar no podrá ser inferior a un valor mínimo, que hoy está estipulado en $1.201,95 (valor que se ajusta por inflación) por cada envase de veinte (20) unidades.
En el mismo fallo, los jueces desestimaron el planteo de la tabacalera, luego de que la semana pasada comunicara que presuntamente se había adherido a un régimen de regularización de pagos en el ARCA para saldar la deuda acumulada.
Fuentes la AFIP explicaron a Noticias Argentinas que con el fallo están habilitados a avanzar con las diversas fiscalizaciones. La tabacalera debería rectificar todas las declaraciones juradas desde 2018 e ingresar las diferencias. Si no lo hacen, se podrán determinar de oficio y exigir su pago mediante distintas medidas hasta llegar al embargo judicial, por ejemplo, explicaron.
En la práctica, la compañía deberá declarar el impuesto interno teniendo en cuenta el aplicativo 5, el cual compara automáticamente los valores de venta contra el mínimo y no le permite eludir el impuesto. Hasta ahora lo hacía con la versión 4, que no tenía dicho control.
La respuesta de Tabacalera Sarandí
Este jueves, Otero se refirió al fallo de la Corte y se expresó en redes sociales: "En el día de ayer, Tabacalera Sarandí desistió formalmente de la discusión del impuesto mínimo en CSJN. Es un caso de grave inseguridad jurídica. Nunca vamos a encontrar justicia en esta CSJN. La buscaremos en otras instituciones".
Tras la demanda de ARCA por lavado de dinero, Tabacalera Sarandí denunció persecución política
Y agregó: "Los Ministros de esta Corte, y los jueces que actúan por cohesión o coerción, son empleados del establishment y reciben órdenes de los medios (Clarín-LN) quiénes cobardemente llevan a cabo una inusitada campaña de demonización y escrache en nuestra contra, con el único propósito que Massalin recupere el mercado que tenía hace 20 años".
Desde la compañía, además, insistieron a PERFIL en que los montos son "desorbitados" y "no acordes a la realidad", manifestando que el asunto tiene que volver a tribunales ordinarios. También argumentaron que la Corte lo único que dice es que el impuesto compete a la titularidad del Ejecutivo y que para ellos se acoge a la Constitucionalidad, pero insistieron en que "el resto lo resuelven los tribunales correspondientes".
Gi cp
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