Impuesto Inmobiliario Rural: la Provincia oficializó el diferimiento de los aumentos
Es para los inmuebles que registren aumentos superiores al 172,51%, excluyendo las mejoras. Aquellos que acrediten "estar atravesando dificultades económicas" podrán diferir la totalidad del impuesto 2025.
La Provincia de Córdoba oficializó este martes el diferimiento del Inmobiliario Rural en medio de la polémica por la suba de impuestos.
Normativa
El decreto 19, publicado hoy en el Boletín Oficial, establece el diferimiento para aquellos inmuebles rurales, cuyo incremento supere el 172,51%, con excepción de las mejoras, "del monto de la liquidación efectuada para la anualidad 2024, incluidos los fondos adicionales que integran la misma".
Monto a diferir
El artículo 3 de la normativa precisa que "el porcentaje a diferir por los contribuyentes del impuesto rural respecto de la anualidad 2024, será de un importe equivalente a la diferencia entre el incremento del impuesto correspondiente anualidad 2025 respecto del monto de la liquidación efectuada para la anualidad 2024 (...)".
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Cómo se podrá pagar
"El monto total diferido o el de la/s cuota/s diferida/s no devengará/n interés/es y el importante del pago único o de la/s cuota/s diferida/s deberá cancelarse en un solo pago como fecha límite el día 30 de enero de 2026", señala el artículo 4 del decreto.
Diferimiento especial
Además contempla para aquellos propietarios que "acrediten de manera fehaciente y con carácter de declaración jurada estar atravesando dificultades económicas y/o financieras ante la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria" la posibilidad de que el monto del diferimiento pueda extenderse por el 100% de la liquidación del impuesto.
El mencionado organismo será el encargado de analizar "las condiciones económicas y/o financieras de los contribuyentes que soliciten de forma excepcional" el diferimiento por el total.
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Considerandos
En los considerandos de la norma se sostiene que "los productos agropecuarios internacionales están atravesando momentos de fluctuación e incertidumbre en los precios internacionales de los commodities".
Además se menciona "la decisión de la actual administración nacional, en materia de política tributaria, de mantener vigentes los Derechos de Exportación sobre ciertos productos agropecuarios, comúnmente denominadas ´retenciones al campo´".
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