POLÉMICA DECISIÓN

Jueces cordobeses contra el decreto de Milei que elimina paridad de género en la Corte Suprema

El Poder Ejecutivo, además, recortó los controles previos en el proceso de designación de jueces, fiscales y defensores oficiales de la Justicia Federal. Un retroceso a la intervención ciudadana.

TODOS HOMBRES. El presidente Javier Milei saluda a los actuales ministros de la Corte Suprema, Horacio Rossatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Foto: Cedoc Perfil

A través del decreto 467/2026 el gobierno de Javier Milei derogó los artículos del decreto 222/2003 vigentes desde la presidencia de Néstor Kirchner que obligaban a publicar candidaturas en diarios y abrir períodos de impugnación ciudadana antes de la nominación presidencial. Ahora, la transparencia queda en manos del Senado. Entre los artículos derogados figura el que garantizaba una representación diversificada, federal y de género, en el nombramiento de los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Ante esa situación, la oficina de Género de la Asociación de Magistrados de Córdoba emitió un pronunciamiento crítico.

Además de expresar “preocupación” advirtió que garantizar la paridad entre mujeres y varones a la hora de designar magistrados “no es facultativo”: “Nuestro país se encuentra obligado a garantizar a las mujeres el acceso a cargos públicos en todas las esferas gubernamentales, en igualdad de condiciones con el hombre”, señaló en un comunicado. Agregó que la paridad de género es un indicador de calidad democrática.

COMUNICADO. En sus redes la Asociación de Magistrados de Córdoba publicó la posición de la Oficina de Género.

Qué dice el decreto  

El presidente Javier Milei firmó el decreto 467/2026 que modifica el procedimiento para designar magistrados federales, fiscales y defensores públicos. La norma elimina las instancias de publicidad y participación ciudadana vigentes en los últimos 23 años y traslada ese rol contralor al Senado de la Nación, donde el acuerdo parlamentario ya contempla audiencias públicas y recepción de impugnaciones.

El argumento central del Gobierno es que existía una duplicación de trámites: el Ministerio de Justicia publicaba los nombres de los candidatos, recibía observaciones de la ciudadanía y recababa informes patrimoniales de ARCA, pasos que después se repetían ante la Cámara alta. Según los considerandos del decreto, esa superposición no solo ralentizaba la cobertura de vacantes sino que "desnaturaliza" la etapa de nominación presidencial, que la Constitución Nacional concibe como una atribución de carácter "eminentemente político e institucional".

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Sin detalles patrimoniales ni participación ciudadana

Para los cargos en la Corte Suprema, el Procurador General y el Defensor General, el nuevo esquema prevé que dentro de los treinta días de producida una vacante se publiquen el nombre y el currículum del candidato en el Boletín Oficial y en la web del Ministerio de Justicia durante tres días —ya no en diarios de papel—. Los postulantes tendrán cinco días para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales y de vínculos profesionales. ARCA contará con otros cinco días para emitir el informe de cumplimiento impositivo. 

En realidad solo dirá si cumple o no con sus obligaciones tributarias, no se publicará el detalle de bienes e impuestos abonados. Cumplido eso, el expediente sube al Ejecutivo, que decide si eleva la nominación al Senado.

Para los jueces de tribunales inferiores, fiscales y defensores, el procedimiento es análogo pero parte de las ternas que elaboran el Consejo de la Magistratura, la Procuración General o la Defensoría General, según el caso. Lo que desaparece es el período de impugnación ciudadana que tramitaba ante la cartera de Justicia.

El decreto deroga expresamente los artículos 3°, 6° y 7° del decreto 222/03 y los artículos 5°, 6° y 7° del decreto 588/03, que eran los que contemplaban esos mecanismos de consulta pública previa a la nominación.

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La crisis de vacantes como justificativo

El Gobierno invocó la crisis institucional que genera la cantidad de cargos judiciales sin cubrir. Los considerandos advierten que la demora en la designación de magistrados provoca un "incremento en el tiempo de tramitación de los procesos judiciales" que afecta el debido proceso y los derechos de los justiciables. Sin precisar cifras, la norma presenta la desburocratización del trámite como una respuesta urgente a ese problema estructural.

La medida fue suscripta por Milei y el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques.