25 años de prisión por matar al novio de su ex en Corrientes
El tribunal de Juicio Colegiado fue el encargado de condenar al hombre que mató a la pareja actual de su ex, quien era hijo de un ex jefe de policía.
Este miércoles se dio a conocer la sentencia de Oscar David Medina, condenado por matar al novio de su ex pareja e intentar asesinarla. Medina fue condenado a 25 años de prisión por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego contra Alfredo Javier Armando Molina. Además, se lo condenó por intento de homicidio agravado por el vínculo, violencia de género y uso de arma de fuego contra Bárbara Romero, hecho ocurrido en abril de 2024.
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La condena fue dada a conocer en las instalaciones del Tribunal de Juicio N°2, donde al comienzo de la audiencia se desarrollaron los alegatos finales. Allí, la fiscal María Lucrecia Troia Quirch solicitó una pena de 30 años de prisión al sostener que la única motivación que tuvo Oscar Medina “fue el control y dominación que quería tener sobre Romero”.
La defensa del acusado, conformada por los abogados Hugo Pedro Sandoval y Diomedes Guillermo Rojas Busellato, planteó que el hecho debería encuadrarse como un homicidio cometido bajo un “estado emocional intenso”.
Respecto de la acusación presentada por la familia de la víctima, se pidió la misma condena que la fiscalía, pero cuestionaron el hecho de que los abogados del acusado catalogaran el caso como un episodio de emoción violenta.
La magistrada Rosa Elizabeth Ascona expuso que el eje central del debate “giró en torno a analizar si Medina lo hizo con intención o en un estado de emoción violenta”, por esto el Tribunal valoró la declaración de profesionales de la salud mental, quienes detallaron qué tipo de estado emocional puede disminuir la culpabilidad penal de una persona.
Entre los agravantes se consideraron la condición de funcionario policial del acusado, la gravedad del hecho al “quitar la vida a una persona y afectar la calidad de vida de Bárbara”, el uso de un arma de fuego para concretar el ataque, la existencia de contención familiar previa y posterior al hecho y la situación de total indefensión en la que se encontraban las víctimas.
El tribunal determinó que el acusado actuó con intención y se descartó el encuadre de emoción violenta.
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