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Defensora de Género

Maltrato y violencia infantil desde la perspectiva de género

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Caso Lucio. La Justicia debe tener mucho cuidado con sus políticas de restitución familiar. | cedoc

Las últimas semanas dos juicios sobre casos extremos de violencia sacudieron a nuestra sociedad: el asesinato de Fernando y el de Lucio. Si bien son diferentes, el sustrato es común: ambos fueron víctimas de maltratos y agresiones que les produjeron la muerte. El de Lucio se enmarca en los niños maltratados y agredidos por sus familiares, en este caso, por la madre y su compañera. Lucio fue un niño que –en sus cinco años de vida fue abandonado varias veces por su madre–, y luego ésta pidió la recuperación de la tenencia. En estas situaciones actuó la Justicia, pero como es frecuente, se promovió la revinculación sin considerar el interés superior del niño. En ese contexto ahora la acusación es a la madre y a su compañera que agredieron y maltrataron al niño, lo violaron e hirieron en sus genitales externos y se ensañaron por su condición masculina. La pregunta que debemos hacer como sociedad es: ¿quienes actuaron en nombre de la Justicia no deben ser también juzgados? Porque cuando después del abandono la madre reclama su restitución, la Justicia saca al niño de la casa de sus tíos, sin investigar ni averiguar y menos acompañar el traspaso de una custodia a otra, para poder identificar las condiciones que la madre ofrecía y cómo el niño vivía esto. La Justicia cuenta con personal especializado de apoyo: los equipos de psicología, servicio social y médico entre otros. En este caso no parece que estos actuaron, y que para la jueza primó la idea de que el niño debía ser restituido a su madre, sin investigar adecuadamente la condición de la progenitora. Es habitual que esto se registre en casos de padres maltratadores o violadores, la Justicia privilegia la restitución del vínculo paterno, sin ver que encubre maltrato y violación. Esto indica una falta de capacidad por parte de quienes imparten Justicia y la relatividad de la priorización de la restitución de los vínculos familiares, cuando se trata de progenitores madres o padres maltratadores y/o abusadores. En esos casos es donde la Justicia debe priorizar el interés superior del niño.  

Frente a la nota publicada el sábado sobre esto, no puedo como defensora de género dejar de llamar la atención que se asocia el uso de la perspectiva de género como motivo, para no tener en cuenta el interés superior del niño. Esto no es así porque la jueza lo que hace es valorar la revinculación familiar, eso no tiene nada que ver con la perspectiva de género. Debido a que los familiares del padre son los que cobijaron a este niño, son ellos los que piden la sanción más severa de la madre y su compañera. En base a esto la entrevistada, que se define como una activista defensora de los derechos de los hombres y sus hijos, hace referencia a la cantidad de familiares paternos y padres que reclaman la custodia de un niño o niña, sin considerar que en muchos casos son maltratadoras y violadores. La defensa del reclamo de Justicia de abuelos y familiares paternos de Lucio se usa para defender el seudo-síndrome de alienación parental que defiende la custodia paterna, sin considerar la violación y el maltrato paterno y responsabilizando a las madres. La férrea oposición al “feminismo” que expresa la entrevistada en realidad es la oposición al derecho de las madres. 

Es necesario no confundirnos. El asesinato de Lucio debe ser castigado y quienes lo hicieron deben ser castigadas, pero también quienes imparten justicia deben comprender adecuadamente la defensa de la revinculación familiar, respetando y cuidando que no se afecte el interés superior del niño/niña cuando el padre o la madre que quiere revincular no garantiza la integridad psicofísica de ese/a niño/niña.

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