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VIOLENCIA URBANA

Disparos por diversión: el caso de los balines en Nueva Córdoba puede terminar con una acusación inédita

La fiscalía analiza agravar la imputación a los dos jóvenes universitarios que hirieron a dos personas desde un cuarto piso en Nueva Córdoba. El caso podría encuadrar en una figura del Código Penal que penaliza los delitos cometidos "por placer", con antecedentes casi inexistentes en la jurisprudencia cordobesa.

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Los disparos se ejecutaron desde un edificio de Bv. Chacabuco al 1000. | CEDOC

Lo que comenzó como una denuncia por lesiones leves derivó en una investigación de mayor complejidad penal. Fuentes del Poder Judicial confirmaron que la fiscalía que lleva la causa contra Franco Agustín Alessio y Ramiro Montes -los dos jóvenes de 27 años detenidos por disparar con una carabina de aire comprimido contra transeúntes en Plaza España, en Nueva Córdoba- analiza ampliar los cargos e incorporar una agravante poco frecuente en el derecho penal argentino: el inciso 4 del artículo 80 del Código Penal, que contempla los delitos cometidos "por placer".

La noche del viernes 17 de abril, pasada la 1 de la madrugada, los imputados dispararon desde el cuarto piso del edificio ubicado en boulevard Chacabuco al 1000. Alessio, estudiante de arquitectura, reside en ese departamento. Hasta allí llegó Montes, estudiante de abogacía. Las víctimas fueron Orlando Vélez, un repartidor de 29 años que recibió un impacto en la espalda, y Milagros Farías, de 23 años, quien terminó con un balín de plomo alojado en la zona anterior de la mandíbula, en el borde alto del cuello.

La causa se inició a partir del llamado policial que realizó Vélez tras cruzarse con un uniformado en calle Estrada. Tal era la herida, que los uniformados no pudieron distinguir si se trataba, o no, de un impacto de bala de fuego. Testigos ocasionales divisaron el cañón de un rifle asomando desde un balcón, pista clave que permitió avanzar en el caso.

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Desde el Poder Judicial señalaron a PERFIL CÓRDOBA que la aparición de una segunda víctima con un proyectil alojado junto a la segunda vértebra cervical cambió radicalmente el análisis jurídico del caso. La fuente precisó que la figura del placer -primer supuesto del inciso 4 del artículo 80- resulta aplicable cuando el autor actúa para divertirse, y que en este caso no existió error ni confusión: los imputados utilizaron a personas como blanco de manera deliberada. "No fue por error, estaban con la escopeta disparándole a la gente", describió la fuente judicial.

El mismo criterio guía la evaluación de la peligrosidad penal de los acusados: la fuente remarcó que se trata de dos personas con formación universitaria, aunque incompleta, y que eso agrava el reproche moral y jurídico de la conducta. "Se advierten dos cabezas maduras con formación universitaria a las que les pareció una buena idea", indicó la fuente. Las lesiones documentadas en ambas víctimas evidencian que los disparos apuntaron a zonas vitales del cuerpo.

Respecto a la situación de Farías en particular, la fuente anticipó que se aguardan los informes médicos para definir si la calificación puede elevarse de lesiones leves a graves. Los factores que analiza la fiscalía incluyen la necesidad de una cirugía -probablemente con anestesia general-, la localización del proyectil en el rostro y la posibilidad de una deformación permanente, que constituye uno de los parámetros legales para encuadrar el hecho en el tipo penal más severo.

La querella pide alevosía y placer

El abogado Carlos Nayi asumió la representación de Milagros Farías como querellante particular y anticipó a PERFIL CÓRDOBA la estrategia de la defensa de la víctima. "Estamos ante una conducta que está atrapada en la figura de alevosía y placer, con un elevado nivel de crueldad. Obraron sobre seguro, sin riesgo personal, desde un cuarto piso, a la 1:30 de la madrugada", señaló el letrado.

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Nayi explicó que la imputación actual -lesiones leves, con una escala penal de un mes a un año- no refleja la gravedad del hecho y que la querella solicitará que se agrave la situación procesal de ambos detenidos, con una escala que puede alcanzar los seis años de prisión. "Hay una afectación en la salud psicológica, la víctima está en un estado de shock postraumático, y hay que aguardar los últimos informes de los médicos", precisó.

Ante la pregunta de si el caso podría escalar a una tentativa de homicidio, Nayi fue cauteloso: "Es apresurado hablar de homicidio en grado de tentativa por el momento. La situación es muy dinámica y se puede agravar en función de la involución en el estado de salud".

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Reparación

Más allá de la discusión sobre la calificación legal, la fuente judicial subrayó que el objetivo prioritario es garantizar una reparación integral a las víctimas, en especial a Farías, quien trabaja en negro y no pudo retomar sus actividades. Al mismo tiempo, remarcó que una resolución ejemplificadora también cumple una función social: desalentar conductas similares en personas que podrían estar pensando en replicarlas.

Alessio y Montes permanecen detenidos. En las próximas horas se definirá si se profundiza la imputación y se conocerán las posiciones de sus respectivas defensas.