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CóRDOBA
FALLO CIVIL

Epec debe pagar indemnización millonaria por una obra defectuosa que electrificó un portón

También hay responsabilidad de la subcontratista que colocó el medidor. El supervisor fue condenado en sede penal. Ahora, el juez civil Juan Manuel Cafferata fijó en más de $25 millones el resarcimiento a la víctima por las graves secuelas en su salud.

Epec
CONDENA MILLONARIA. Junto a una subcontratista, la Epec deberá indemnizar por los graves daños causados a una mujer que tocó un portón electrificado por un trabajo mal hecho. | Cedoc Perfil

La Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) y Constructores Asociados SA fueron condenados solidariamente en sede civil a raíz de la colocación defectuosa de un medidor en una vivienda familiar. El accidente ocurrió el 28 de enero de 2011, en calle Payén al 9000, barrio Cerro Norte, cuando Marilyn Rocío Valenzuela —patrocinada por la abogada Karina Zeverín— quiso ingresar a la casa de sus padres. Al tocar el portón recibió una fuerte descarga eléctrica que la arrojó por el aire a más de dos metros de distancia. Su cabeza impactó contra la loseta de cemento.

En el Hospital de Urgencias le diagnosticaron politraumatismos y lesiones gravísimas. Padeció una herida cortante en la región parietal, traumatismo de cráneo encefálico, fracturas y edema cerebral difuso, entre otras patologías. Como consecuencia del accidente, quedó con secuelas físicas, sensoriales y psicológicas crónicas, como el hecho de haber perdido la audición del oído derecho y también los sentidos de gusto y olfato.

El juez Civil y Comercial de 5a Nominación, Juan Manuel Cafferata, condenó a Epec y la empresa que esta contrató para colocar el medidor que electrificó el ingreso de la vivienda, a pagar a la damnificada $ 25,8 millones. El juez estableció la responsabilidad legal de Epec y de la firma Constructores Asociados SA de manera conjunta y solidaria, basándose en la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24240) y en la responsabilidad civil, respaldada por una sentencia penal previa. El fallo de primera instancia no está firme, pero al haber una sentencia penal previa la querellante Zeverín interpreta que es cosa juzgada.

Condena penal

El 16 de septiembre de 2021, la Cámara 7a del Crimen condenó a José Eduardo Córdoba por lesiones culposas graves. Él se desempeñaba como inspector de obra designado por la Epec y los jueces llegaron a la conclusión de que incumplió con sus deberes de control y la consecuecia fue la electrificación de la reja causándole graves lesiones a la víctima.

Por qué Epec es responsable

El juez civil Cafferata expuso una triple fundamentación jurídica, directamente relacionada con su rol como empresa de servicios y con la actuación de su empleado.

En primer término, porque debe responder por la acción culposa de su dependiente, el inspector Córdoba ya sentenciado. Debió supervisar el recambio del medidor realizado por Constructores Asociados SA. Sin embargo, no ordenó que se forrara el sistema de puesta a tierra que no estaba completamente aislado.

También porque la energía eléctrica es considerada “cosa riesgosa” y Epec es guardiana y debe evitar accidentes de este tipo. Y, por último, la empresa provincial es proveedora de energía, prestadora de un servicio.

En cuanto a Constructores Asociados SA, la subcontratista también deberá responder civilmente porque ejecutó la obra en forma incorrecta, no cumplió con las condiciones de seguridad, contraviniendo la reglamentación vigente.

El tribunal concluyó que no se debió haber reemplazado el medidor al no encontrar las condiciones de seguridad adecuadas.