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CONTROVERSIA NO TAN PUERTAS ADENTRO

Fiscales que dimitieron para jubilarse, ¿pueden continuar en sus funciones?

El juez Hugo Vaca Narvaja analiza el primer planteo en el país que cuestiona la convocatoria del procurador Eduardo Casal. Es sobre un magistrado pero genera precedente para el resto.

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GUSTAVO VIDAL LASCANO. El fiscal renunció el 28 de febrero. El mismo día fue convocado por Casal para continuar en el cargo. Pero la aceptación de la renuncia se produjo el 6 de abril último. | Cedoc Perfil

La controversia está formulada. Por primera vez en el país se planteó la nulidad de la actuación de un fiscal que había renunciado al cargo para acogerse a la jubilación el 28 de febrero pasado. El incidente está en el Juzgado Federal N°3 a cargo de Hugo Vaca Narvaja quien analizó durante todo el fin de semana el pedido para adoptar, en forma inminente, una resolución. El planteo está referido al fiscal federal N°2 de Córdoba, Gustavo Vidal Lascano. 

Él, como varios jueces y fiscales, presentaron sus dimisiones antes de que se reformara la ley de jubilación para magistrados nacionales, con el fin de obtener el beneficio con mejores ventajas.

La decisión fue adoptada en el marco de un acuerdo consensuado en la última semana de febrero en la Procuración General que consistía en ser nuevamente convocados para continuar en sus funciones hasta la designación de nuevos fiscales.

De ese modo, ante la ‘masiva’ renuncia de magistrados no se iban a vaciar los tribunales y podrían continuar funcionando. En Córdoba solo dimitieron tres fiscales: Gustavo Vidal Lascano, Graciela López de Filoñuk y Alberto Lozada.

Podrían subrogar las vacancias Enrique Senestrari, Carlos Gonella, Maximiliano Hairabedian, Facundo Trotta, entre otros.

El 28 de febrero, entonces, el procurador general interino, Eduardo Casal, firmó resoluciones admitiendo las tres renuncias y convocándolos para continuar en el mismo cargo que ocupaban. De ese modo, todo siguió como antes.

Pero la situación se tornó más compleja porque recién el 6 de abril se publicaron en el Boletín Oficial de la Nación los decretos presidenciales 340/2020 con la aceptación de la renuncia de Vidal Lascano, el 342/2020 referido a Lozada y el lunes pasado, 13 de abril, el decreto 359/2020 con relación a López de Filoñuk.

El 6 de abril también se publicó el texto de la ley que modificó los haberes de los magistrados que derogó el artículo 16 de la norma que regía anteriormente (Ley 24.018). Ese artículo permitía convocar a jubilados a ocupar cargos en la Justicia porque aún dejando su función conservaban el “estado judicial”.

Si, entonces, se considera que renunciaron el día en que el Presidente les aceptó la dimisión (el 6 y el 13 de abril, respectivamente) ¿cómo es posible que el Procurador los haya convocado el 28 de febrero en calidad de jubilados?

Suponiendo que se tomara como fecha de convocatoria el 6 y el 13 de abril, la posibilidad de llamarlos para que continúen en sus cargos directamente no existe porque fue derogado el artículo 16, tal como se explicó más arriba.

La causa. El primer pronunciamiento sobre esta situación institucional controversial se producirá esta semana. Dos abogados defensores que actúan en la causa de las financieras, más conocida como ‘La banda de los chetos’, pidieron la nulidad e inconstitucionalidad de la convocatoria que hizo el procurador con relación al fiscal que actúa en el expediente, Gustavo Vidal Lascano.

Son los abogados Esteban Yangüez Papagenadio –defensor de Martín Azar- y Miguel Ortiz Pellegrini.

La consecuencia directa será la nulidad o la confirmación de todas las decisiones que adoptó en la investigación, entre las cuales están las imputaciones.

Lo que se debe analizar es, entonces, cuándo renunció, quién aceptó la renuncia, quién lo convocó y basándose en qué ley. Es muy probable que el incidente no termine en la decisión del juez Vaca Narvaja, sino que vaya a la Cámara Federal de Apelaciones y llegue, incluso, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Si bien la decisión se tomará sobre una causa en particular, sentará un precedente sobre la actuación de numerosos fiscales que, como Vidal Lascano, renunciaron y fueron convocados del mismo modo.

 

CRUCE ENTRE ORTIZ PELLEGRINI Y VIDAL LASCANO

La causa de las financieras, además, es el escenario de sutiles e incisivos cruces entre el fiscal Gustavo Vidal Lascano y el abogado Miguel Ortiz Pellegrini, defensor del matrimonio de Miguel Angel Azar y María Isabel Valoni, ambos imputados.

Durante la semana trascendió que, entre los elementos secuestrados en la financiera de calle Laplace había documentación que vinculaba a una persona identificada como Marcos Vidal Lascano. Según los letrados, sería una persona cercana o conocida del fiscal sobre quien no avanzó la investigación.

¿Cómo puede ser que haya escuchas telefónicas y documentos que lo vinculan tanto como al resto de los imputados y no se hizo nada con él?, se preguntó Ortiz Pellegrini.

Apenas saltó a la luz el dato, llamativamente se vinculó a Ortiz Pellegrini con Gabriel Suárez, procesado en la causa de Luz y Fuerza. Se dijo que Suárez vivía en un departamento propiedad del letrado.

Ortiz Pellegrini reconoció que la vivienda fue de su propiedad, que se la vendió a Suárez, quien aún mantiene una abultada deuda que debe cancelar.

Hay que aclarar que Ortiz Pellegrini no participa en el expediente donde se investiga a dirigentes lucifuercistas.