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CóRDOBA
CINCO BEBÉS MUERTOS Y OCHO SOBREVIVIENTES

Neonatal: inacción de los funcionarios no frenó los ataques, pero sí habilitó prueba contundente

El juez de Control Fernández López confirmó integralmente la acusación del fiscal instructor Raúl Garzón contra la enfermera Brenda Agüero y 10 funcionarios, incluido Diego Cardozo. El juicio se demorará por apelación de defensas.

Madres del Neonatal
RECLAMO DE JUSTICIA. Las 13 madres claman que se sepa la verdad por sus hijos, víctimas de ataques a las pocas horas de nacer. | Cedoc Perfil

Es una paradoja cruel. Que hayan existido 13 ataques a recién nacidos en el Hospital Materno Neonatal de la ciudad de Córdoba, de los cuales cinco murieron y ocho lograron sobrevivir con graves secuelas en su salud, generó casuística necesaria para que la Justicia llegara a la conclusión de que la autora es la enfermera Brenda Agüero (29).

Así lo señala en un fallo de casi 1.000 páginas el juez de Control N° 10, Juan Manuel Fernández López.

Por la etapa en que se encuentra el expediente, corresponde señalar que todo es una presunción fundada. La certeza se adquirirá en la etapa del juicio oral y público, para el que todavía falta tiempo teniendo en cuenta que varios acusados apelarán la decisión ante la Cámara de Acusación.

No hay prueba directa para inculpar a Agüero. Nadie la vio inyectar potasio, la sustancia que descompensó a los niños. No hay cámaras que hayan captado sus movimientos, pero sí hay 13 bebés cuyas situaciones se repitieron trágicamente: nacieron entre el 18 de marzo y el 6 de junio del 2022 en buen estado de salud, sus madres eran sanas, en sus cuerpos aparecieron pinchazos inexplicables extras a las vacunas que debían recibir y se comprobó un ingreso masivo de potasio y descompensación cardíaca.

Brenda Agüero detenida
BRENDA AGÜERO. El juez analizó su conducta y llegó a la conclusión de que la suma de indicios unívocos la colocan en la mayor responsabilidad de los homicidios.

En cada episodio ella estuvo presente. Cuando fue licenciada, los casos cesaron.

“Agüero era enfermera de obstetricia; su tarea consistía en abocarse a la recuperación de las parturientas y no en la atención y abordaje de los recién nacidos y sus eventuales complicaciones o colapsos. Su permanencia en el lugar e inmutabilidad demostrada se traducen en un comportamiento claramente sospechoso, propio de quien desea controlar la concatenación de eventos que su conducta ilícita habría decantado, evaluando riesgos, estudiando reacciones de quienes necesariamente debieron intervenir (personal de salud de neonatología), con miras a asegurar su impunidad. Este indicio cobra especial virtualidad acusatoria si se tiene presente que fue la única enfermera de obstetricia que permaneció afincada en el lugar”.

Así describe el juez la actitud de la enfermera acusada de 13 homicidios, de los cuales ocho son en grado de tentativa.

En otro tramo, el juez destacó: “Brenda jamás atinó a prestar colaboración, a dar precisiones sobre el ‘descubrimiento’, o a mostrar un ápice de preocupación; todo lo cual no hace más que avalar su incriminación”.

En la acusación se evaluó la actitud que asumió el 6 de junio, luego del nacimiento de una bebé. Antes de que sufriera una descompensación advirtió a sus compañeros la situación de la niña. “Se anticipó al colapso clínico sobreviniente”, aseveró el juez.

A lo largo de su resolución, Fernández López examinó cada prueba que había reunido y analizado –en su acusación– el fiscal instructor Raúl Garzón. Confirmó todas las presunciones y coincidió en las calificaciones legales atribuidas a los 11 acusados.

Dos párrafos del fallo concatenan la inacción ante la Justicia de los funcionarios del hospital y del Ministerio de Salud con las presuntas conductas de la enfermera: “A modo de corolario integral, se impone poner de relieve que en la presente investigación se da una luctuosa paradoja: las fallas en los controles internos de un esquema institucional, traducida en imputaciones a los funcionarios aquí enrostrados, permitió una profusa reiteración homicida (cinco resultados mortales y otros ocho intentos fallidos) que, como contrapartida, nos permite hoy contar con un plexo probatorio indiciario de carácter contundentemente unívoco”.

“Esa es, ni más ni menos, la típica e indeseable nota distintiva de serialidad en la que la concurrencia no casual de factores témporo - espaciales, sumado a un particular ahínco delictivo por parte de la autora, permiten apreciar una composición tan pavorosa como irrefutable”. Los funcionarios no denunciaron a tiempo.

Diego Cardozo
DIEGO CARDOZO. El exministro de Salud, junto a su defensor, Germán Matheu. El letrado confirmó que analiza la apelación al fallo del juez Fernández López.

El exministro de Salud, Diego Cardozo y la exdirectora del Hospital Materno Neonatal, Liliana Asís, son los máximos responsables en ambos ámbitos de no haber frenado los ataques a recién nacidos, que se sucedieron a lo largo de tres meses. Junto a ellos, también están imputados funcionarios y médicos.

Ante la sorpresa que generaban descompensaciones inexplicables de bebés nacidos sanos, no atinaron a realizar investigaciones administrativas. Temieron que la difusión de los acontecimientos afectara la buena imagen del nosocomio, pero también estuvieron inquietos por lo que acontecía. El detalle es que no llevaron la denuncia a la Justicia, donde sólo un fiscal podía detener el derrotero fatal y podía tomar medidas de prueba sustanciales.

Con esa inacción contribuyeron a que la carrera asesina siguiera e impidieron que se realizaran autopsias en los primeros casos. Quizás no imaginaron que con sus conductas estaban colocando a la provincia de Córdoba en lo peor de la historia judicial mundial: asesinatos seriales de seres absolutamente indefensos. Por eso se los acusa de omisión de denuncias y encubrimiento, en el peor de los casos.

“De tal guisa, dicho accionar permisivo y poco expeditivo permitió la continuidad del accionar homicida, mientras ya se barajaba una sospecha concreta, quizás en el afán de avanzar en una investigación interna que, ingenuamente, los funcionarios aquí traídos a proceso entendieron que, por su eventual completitud y contundencia, podría no sólo relevarlos de responsabilidad funcional y penal, sino incluso mostrarlos como profesionales rectos y eficientes”, sostuvo el juez de Control Fernández López.

Y continuó.

“Ahora bien, pasa ron por alto cuestiones obvias y fundamentales tales como, por ejemplo, el inexorable desencadenamiento de tales responsabilidades cualquiera fuera la realidad de los hechos. En efecto, de no haberse verificado la contraintuitiva pero lamentablemente real hipótesis aquí verificada, se habrían enfrentado a un escándalo de magnitudes por el solo hecho del acaecimiento de las muertes y las descompensaciones, dado que la aludida ausencia de controles internos habría sido achacada también en caso de demora en el anoticiamiento por supuestos de mala praxis negligente o imprudente, o bien por la aparición de medicamentos en mal estado o condiciones sanitarias inaceptables. De cualquier modo, su impavidez habría acarreado las consecuencias que se pretendieron evitar o demorar (responsabilidades legales y desprestigio institucional y profesional)”.

Ahí está el nudo conceptual de por qué los funcionarios públicos, que cuentan con información privilegiada en función de la responsabilidad de gestión que se les confía, deben denunciar. Ellos pueden saber algo, pero no frenar el delito. “La exigencia legal responde a que las funciones de un fiscal exceden ampliamente a las de cualquier otro funcionario: se trata, ante todo, preponderante y prioritariamente, de hacer cesar los efectos del delito, lo que evidentemente los funcionarios investigados no hicieron oportunamente”. “Desconocer lo señalado implicaría consagrar una indebida distorsión de responsabilidades y atribuciones, en virtud de la cual se admitiría la posibilidad de que cualquier funcionario público pudiera asumir –o no–, unilateral y discrecionalmente, una actuación judicial que le es ajena, desplazando de cuajo a la autoridad competente, con las consecuencias aquí verificadas”, subrayó el magistrado.

GUSTAVO NIEVAS, DEFENSOR DE BRENDA AGÜERO: "Queremos ir a juicio lo antes posible"

“No apelaremos. Estamos conformes con la unificación de la causa. Queremos ir a juicio, esperemos que el resto de defensores no apele porque será una pérdida de tiempo”. Así respondió a la consulta de PERFIL CÓRDOBA Gustavo Nievas, uno de los defensores de la enfermera Brenda Agüero.

Sin embargo, habrá dilación. Por lo menos tres defensores del resto de los acusados ya anticiparon a este medio que apelarán el fallo del juez de Control Juan Carlos Fernández López, quien confirmó la acusación penal en contra de sus asistidos.

Entre ellos está Germán Matheu, abogado del exministro Diego Cardozo.

El expediente irá a la Cámara de Acusación, lo que llevará un tiempo esa resolución antes de que sea asignado a un tribunal de juicio. Es prácticamente imposible que el debate se realice este año.

Nievas cuestionó a sus colegas por lo que interpreta un recurso dilatorio. “Se encargaron de ocultar todo ésto y ahora buscarán que el juicio no se haga”. “Queremos ir a un juicio oral y público donde todos nos veamos a la cara y sepamos quiénes son los 100 testigos que declararon a ocultas en la Jefatura de Policía, qué pasó con la desaparición de remedios, la manipulación del teléfono de Brenda, horarios de entrada y salida –agregó el letrado– y queremos que la sociedad escuche las conversaciones entre los más altos funcionarios cuando se organizaban para encontrar un culpable para salvar a la parte médica”.

Mientras tanto, el fiscal de la Cámara de Acusación, Jorge Leiva, sigue sin resolver un expediente derivado de la causa principal. A poco de iniciar la pesquisa, el fiscal instructor Raúl Garzón pidió que se investigue a uno de sus colegas, el fiscal del Distrito I Turno 2, Guillermo González, al perito forense David Dib y al por entonces secretario administrativo del Neonatal, Alejandro Escudero Salama.

Los tres se reunieron en el despacho del primero a mediados de mayo del 2022. Así quedó acreditado. El encuentro surgió porque Escudero Salama le planteó que en el hospital había “casos raros de bebés descompensados”. González lo convocó a Dib para la reunión.

El fiscal Iván Rodríguez consideró que no había delito en sus conductas porque en el momento de la conversación no existía la presunción de la comisión de crímenes, como se comprobó después. La jueza de Control Anahí Hampartzounian discrepó con esa postura.

Quien debe dirimir la controversia es Leiva. Hasta el viernes último, en su despacho no se había firmado resolución al respecto.

IMPUTADOS, ROLES Y ACUSACIÓN

1. Brenda Cecilia Agüero (29), enfermera. Homicidio calificado por procedimiento insidioso, reiterado en cinco hechos y en grado de tentativa en ocho hechos.

2. Alicia Beatriz Ariza (56), jefa de la División de Enfermería. Omisión de deberes de funcionario público.

3. Elizabeth Liliana Asís (75), directora del Hospital Materno Neonatal Omisión de deberes de funcionario público y encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público.

4. Diego Hernán Cardozo (47), ministro de Salud Encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público.

5. Julio Alejandro Tomás Escudero Salama (51), subdirector de Gestión Administrativa Encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público.

6 . Alejandro Gabriel Gauto (45), secretario de Coordinación del Ministerio de Salud Encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público

7. Martha Elena Gómez Flores (60), neonatóloga Omisión de los deberes de funcionario público y encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público

8. María Alejandra Luján (58), neonatóloga Om isión de deberes de funcionario público y falsedad ideológica

9. Adriana Luisa Moralez (58), neonatóloga Omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público

10. Claudia Elizabeth Ringelheim (62), obstetra Omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público.

11. Pablo Miguel Carvajal (49), subsecretario de Salud Encubrimiento doblemente calificado por la gravedad del hecho precedente y por la calidad de funcionario público