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Reforma laboral: las 10 propuestas que el empresariado de Córdoba trabaja con equipos técnicos del gobierno nacional

Empresarios metalúrgicos, del transporte de cargas y del comercio llevan al Congreso una batería de propuestas “quirúrgicas” para reducir litigiosidad, ordenar criterios médicos, dar previsibilidad a las empresas y adecuar la normativa a los cambios productivos, sin alterar los derechos básicos del trabajo.

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Reforma laboral | Freepick

Empresarios de los sectores metalúrgico, transporte de cargas y comercio de Córdoba presentaron 10 propuestas técnicas en el marco de la discusión por la reforma laboral, con el objetivo de introducir ajustes específicos en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y normas complementarias. Las iniciativas fueron analizadas en una reunión realizada el 21 de enero ante técnicos del gobierno nacional y se basan exclusivamente en situaciones concretas que, según los sectores involucrados, generan costos, incertidumbre jurídica y litigiosidad creciente.

Las propuestas de las cámaras cordobesas no apuntan a una reforma integral del sistema, sino a modificaciones puntuales, muchas de ellas ya contempladas parcialmente en el dictamen en discusión, pero que —según los empresarios— requieren precisiones adicionales para evitar interpretaciones judiciales futuras.

El economista Gastón Utrera, presidente de la consultora Economic Trends es quien lleva adelante el armado de las propuestas. Tras incidir en debates clave de la Ley de Bases en 2024, la Cámara de Industriales Metalúrgicos y de Componentes de Córdoba creó el Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica, dirigido por Utrera, que identificó y sistematizó los principales “puntos de dolor” laborales del sector.

Durante 2025, este trabajo se amplió con la incorporación del autotransporte de cargas y el comercio, sumando propuestas específicas de reforma y análisis técnico sobre fondos de cese laboral y litigiosidad en Córdoba.

Las instituciones involucradas comparten una misma convicción: el sector privado debe participar activamente en las políticas públicas con propuestas basadas en evidencia y rigor técnico. Los 10 puntos que las cámaras de Córdoba pretenden incluir en la discusión que comenzará en el Senado son los siguiente:

1. Límite temporal a indemnizaciones por incapacidad (art. 212)
El primer punto refiere a la jurisprudencia vigente que obliga a pagar la indemnización prevista en el artículo 212 de la LCT a trabajadores que se encuentran próximos a jubilarse, intimados a jubilarse (art. 252 LCT) o incluso ya jubilados. Los empresarios señalan que esta interpretación fue ratificada por fallos del TSJ de Córdoba y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que genera incentivos a comportamientos oportunistas en la etapa final de la vida laboral. La propuesta consiste en agregar un párrafo que establezca que las indemnizaciones del art. 212 no apliquen durante los 12 meses previos al cumplimiento de los requisitos para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU).

2. Incentivos por productividad y habitualidad (art. 103)
El segundo planteo apunta a la imposibilidad de implementar incentivos por productividad, debido a la jurisprudencia que considera habitual cualquier pago que se repita en el tiempo, aun cuando esté condicionado a resultados que pueden no alcanzarse. Para resolverlo, se propone incorporar un párrafo al artículo 104 bis LCT, estableciendo que las compensaciones condicionadas a objetivos no pueden considerarse habituales si su reiteración depende exclusivamente del cumplimiento de esos objetivos.

3. Juntas médicas en enfermedades inculpables (art. 210)
En el caso de las enfermedades inculpables, los empresarios advierten que no existe un mecanismo similar al de las ART para resolver discrepancias entre certificados médicos del trabajador y del empleador, lo que deriva en licencias prolongadas y costos elevados, especialmente en casos psiquiátricos. Se propone agregar al artículo 210 de la LCT la posibilidad de recurrir a juntas médicas, con participación de profesionales independientes, gratuidad para el trabajador, debido proceso y revisión judicial, mediante adhesión de las provincias.

4. Procedimientos Preventivos de Crisis
Las cámaras cuestionan los Procedimientos Preventivos de Crisis previstos en la Ley 24.013, al considerar que funcionan como una instancia administrativa dilatoria que excede las recomendaciones de la OIT. Proponen derogar los artículos 98 a 105 de esa ley e incorporar un artículo 224 bis a la LCT, que establezca un sistema de notificación previa, plazos breves y posibilidad de propuestas alternativas antes de suspensiones o despidos colectivos.

5. Inconsistencias entre acuerdos de suspensión
Un problema detectado es la falta de coherencia entre distintos sindicatos dentro de una misma unidad productiva. Ocurre cuando un gremio acuerda suspensiones y otro se niega, generando personal suspendido y otro sin tareas, pero activo. La propuesta incorpora el artículo 223 ter LCT, que establece que, si un acuerdo afecta a la mayoría de los trabajadores, los demás sindicatos deberán adherir o formular objeciones fundadas en un plazo determinado.

6. Reconversión productiva (art. 66)
En un contexto de reconversión productiva y cambios tecnológicos, los empresarios sostienen que la interpretación amplia del artículo 66 de la LCT dificulta reorganizar procesos sin riesgo de judicialización. Proponen explicitar qué modificaciones están permitidas: incorporación de nuevas tecnologías, reasignación de tareas dentro de la categoría y movilidad entre áreas, siempre respetando categorías y capacitación.

7. Contrato laboral y trabajo autónomo (art. 23)
Sobre el artículo 23 LCT, se propone definir con mayor precisión cuándo existe relación laboral y cuándo una relación autónoma. Se plantean dos párrafos adicionales que establecen una presunción de autonomía cuando el profesional u oficio actúa sin subordinación efectiva, aun cuando cumpla horarios o utilice instalaciones del contratante.

8. Ley 24.557: nuevo baremo por comité técnico
Los empresarios remarcan la necesidad de reformar el sistema de evaluación de incapacidades laborales, señalando dos problemas: rangos amplios que incentivan litigios y cuestionamientos al baremo por arbitrariedad. La propuesta crea un Comité Técnico Permanente con base científica para definir un baremo con valores fijos, eliminando rangos y reduciendo la litigiosidad.

9. Ley 23.551: cantidad de delegados gremiales
Se propone modificar el artículo 45 de la Ley 23.551 para que la cantidad de delegados gremiales sea un máximo y no un mínimo, en función de que las herramientas actuales de comunicación permiten representación con menos delegados que en 1988.

10. Fondos de Cese Laboral y Fondo de Asistencia Laboral
Finalmente, se plantea una adecuación técnica entre los Fondos de Cese Laboral (FCL) y el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Desde la óptica de los empresarios, tal como está redactada la norma, el carácter obligatorio del FAL dejaría sin uso los FCL sustitutivos de indemnización. Se propone permitir que, si existe un FCL acordado por convenio, los aportes del FAL puedan derivarse a ese fondo, manteniendo el beneficio fiscal.

Quiénes elaboraron las propuestas
-Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica – Cámara de Industriales Metalúrgicos y de Componentes de Córdoba.
-Foro de Análisis Económico del Autotransporte de Cargas – Cámara Empresaria del Autotransporte de Cargas de Córdoba.
-Foro de Análisis Económico del Comercio – Cámara de Comercio de Córdoba.
-Instituto de Economía Política – Insight 21, Universidad Siglo 21.
-Dirección técnica: Dr. Gastón Utrera