En el marco del día de las trabajadoras de casas particulares y mientras se espera que Anses defina quienes accedieron al Ingreso Familiar de Emergencia, los datos muestran que el 70% de las empleadas está en negro. Son más de 900 mil personas -lo que equivale a más de 13 canchas de River llenas-, según marca Natsumi Shokida, en un informe elaborado para Economía Femini(s)ta. Una de cada 6 ocupadas en Argentina trabaja en este sector de la economía. La puesta en marcha del aislamiento social obligatorio también implicó condiciones para este sector: se les debe garantizar el cumplimiento de la cuarentena y el pago de sus haberes.
Desde la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares de Argentina (Upacp), su apoderado legal, Carlos Brassesco, detalló a la Organización Internacional del Trabajo OIT-Argentina las preguntas más frecuentes.
Cuarentena: Solo deben concurrir a trabajar las personas que el decreto 297/2020 considera como “Actividad Esencial”. Hoy sólo alcanza a trabajadoras del cuidado de niños, adultos mayores y/o personas enfermas.
Salario: la trabajadora debe cobrar su remuneración habitual aunque no se presente. En caso de que no tenga cuenta bancaria, se puede enviar dinero a través del sistema de punto efectivo de los cajeros, billeteras virtuales o través de la cuenta de alguna persona de confianza.
En casa: Si cuando comenzó la cuarentena la trabajadora estaba en el domicilio del empleador, tiene derecho a volver a su casa. El empleador no puede obligarla a que se quede en el lugar de trabajo.
Notificación: Hay que avisar que está dispensada de concurrir a trabajar, con notificación por email o teléfono, para conversar una constancia del aviso. Durante la cuarentena no puede ser despedida.
Tránsito: El empleador puede realizar el trámite y extender una certificación a través de la web Trámites a Distancia. Se recomienda transitar con copia del recibo de sueldo.
Ayuda familiar: Aun registrada como trabajadora de casa particular, accede al IFE, el ingreso de $ 10 mil de emergencia, previa inscripción en Anses.
Feriados: Las trabajadoras pueden tomar los feriados para descansar y deben cobrar el sueldo por el feriado no trabajado.