ANSES dispone de la opción de obtener una Jubilación Anticipada que garantiza el 80% del haber jubilatorio.
Este beneficio está destinado a personas que:
- Dispongan de 30 años de aportes.
- Le faltan hasta 5 años para jubilarse
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Cómo funciona la jubilación anticipada
Aquellas personas que soliciten la Jubilación Anticipada cobrarán el 80% de los haberes hasta alcanzar la edad prevista: mujeres 60 años y hombres 65 años.
Luego, al llegar a la edad mínima, empezará a cobrar automáticamente el 100% del haber jubilatorio.
Si al solicitante le faltan años de aportes para obtener la Jubilación Anticipada, se le reconocerán la Prestación por Desempleo, los pagos de moratorias y los meses de Licencia por Maternidad.
Cuánto cobra una persona con Jubilación Anticipada
Los beneficiarios de la Jubilación Anticipada cobran $58.932. Esto representa el 80% del monto total de una jubilación mínima que es de $70.938.
Además, en el mes de junio los jubilados recibieron el aguinaldo que representa la mitad de su pago mensual. Una persona que obtuvo la jubilación anticipada recibió un extra de $29.466.
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Los aumentos y reajustes respecto a la inflación se encuentran determinados por la fórmula establecida en la Ley de Movilidad.
No se cuentan en este monto los bonos extraordinarios previstos por el poder ejecutivo para aumentar los haberes durante los meses de junio, julio y agosto.
Cuáles son los requisitos para obtener la Jubilación Anticipada
Al momento de realizar los trámites, los interesados en obtener la Jubilación Anticipada deben cumplir las siguientes condiciones:
- Debe tener hasta 5 años menos que la edad mínima para jubilarse.
- Si el solicitante es hombre, debe tener entre 60 y 64 años.
- Si la solicitante es mujer, debe tener entre 55 y 59 años.
- Registrar 30 años de aportes.
- Encontrarse desocupada/o al 30 de junio de 2021.
Es incompatible con la Jubilación Anticipada si el interesado se encuentra en alguna de estas circunstancias:
- Encontrarse trabajando en relación de dependencia o cuenta propia.
- Ser beneficiario de planes sociales, pensiones graciables o no contributivas.
- Percibir otro haber jubilatorio, pensión o retiro civil o militar.
SV / LR