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ARCA habilitó un nuevo plan de pagos con facilidades: qué deudas se pueden incluir y hasta cuándo hay tiempo para sumarse

ARCA habilitó la posibilidad de pagar deudas vencidas a través de la Resolución General 5711/25, publicada este jueves 12 de junio en el Boletín Oficial.

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ARCA. La recaudación por tributos vinculados al comercio exterior cayó 8% en el año. | Néstor Grassi

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó este jueves 12 de junio un nuevo plan especial de facilidades de pago que estará destinado a regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive.

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Según se explicó oficialmente en la Resolución General 5711/25, publicada en el Boletín Oficial, pueden sumarse las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes.

Qué tipo de obligaciones están incluidas en el nuevo plan de pagos de ARCA

Desde ARCA señalan que se pueden regularizar:

deudas impositivas

deudas de la seguridad social,

deudas de monotributo,

retenciones y percepciones impositivas

obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación

liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones,

así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-.

Además, señalaron que "la regularización no implica la reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones".

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¿Cuáles son las condiciones de los nuevos planes de pago de ARCA para deudas vencidas?

Desde el ente que coordina Juan Pazo señalaron que:

No habrá limitaciones en la cantidad de planes a presentar.

La fecha de consolidación será la fecha de adhesión.

En cuanto a los pagos a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y tasa de financiación fija a otorgar será de la siguiente manera:

Plan de facilidades de pago de ARCA que vence en julio 2025.

Tal como se explica en el texto oficial, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota, mientras que la caducidad del plan se determinará a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternativas.

La iniciativa busca facilitar el cumplimiento tributario y promover la regularización voluntaria-.

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