ECONOMIA
Fake news

Confusión en las redes por una normativa del BCRA sobre operaciones con dólares

El artículo 4º de la Comunicación "A" 7052 se aplicaba a argentinos residentes en el exterior pero las redes buscaron viralizar una interpretación errónea.

Polémica por una errónea interpretación de una comunicación del BCRA.
El gobierno analiza medidas para controlar el "goteo permanente" de divisas. | Cedoc Perfil

Este jueves, el Banco Central (BCRA) anunció que dispuso que las empresas podrán acceder a la compra de dólares en el mercado oficial de cambios para pagar importaciones a partir del momento del despacho del embarque en el puerto de origen. La medida fue adoptada en la reunión de Directorio del BCRA y forma parte de las medidas de acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) implementadas vía Comunicación A 7030, cuya vigencia se extenderá hasta el 31 de julio, informó el Central en un comunicado.

De esta forma, habilitaron a comprar dólares las empresas que importen bienes correspondientes a operaciones que se embarquen a partir del primero de julio o que, habiendo sido embarcadas con anterioridad, no hubieran arribado al país antes de esa fecha. Así, el Banco Central liberó el acceso al mercado oficial de cambio para el pago destinado a la importación de medicamentos críticos, la compra de kits para la detección del coronavirus Covid-19, insumos para la producción local de medicamentos y el pago de importaciones en la medida que el monto no supere el equivalente a US$ 1.000.000.

Sin embargo, este viernes el Whatsapp de los operadores de Bolsa y el mundo digital de las redes sociales viralizó la noticia de que "hijos y nietos de desaparecidos" podrían acceder operaciones en dólares "sin impuestos" y/o sin presuntos "límites". Se habilitaba presuntamente desde la Comunicación "A" 7052, entre otras cosas, a enviar dólares (comprados al valor oficial) al exterior.

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Desde las redes sociales se promovieron hashtags como #DolarDesaparecido o #NoAlDolarTerrorista.

Con el dólar tranquilo, la bolsa y las ADR repuntaron

Desde PERFIL nos comunicamos con voceros del Banco Central para que brinden precisiones y aclaraciones sobre la correcta interpretación del artículo cuarto de la norma en cuestión. Remarcaron que sólo aplica a "argentinos residentes en el exterior" y para casos "muy puntuales".

"Es una norma que estuvo vigente hasta 2015 y que cuando Macri puso el cepo deliberadamente dejó afuera. Es para casos muy puntuales de personas víctimas del terrorismo de Estado que cobren indemnización y tenga residencias en el exterior. La residencia es un documento, tiene que estar declarado su residencia en el exterior. Y es para nuevos casos, no es retroactivo", explicaron.

Y argumentaron: "No sabemos si hay casos pendientes, no regulamos por casos individuales, son marcos legales generales. Puede haber casos de víctimas que judicializaron el reclamo o que por determinados motivos no lo hayan iniciado o estén todavía sin liquidar. Y cobran igual que los jubilados argentinos que tienen declarado residencia en el exterior".