ECONOMIA
Pandemia

Coronavirus: todas las medidas anunciadas por el Gobierno para Pymes en la cuarentena

La emergencia planteada por el parate económico contempla diversos beneficios, para que las empresas pueden mitigar los daños mientras dure el freno de producción impuesto por el Covid-19.

pymes empresas 25042020
Pymes | Cedoc Perfil

Durante el mes y diez días que lleva el aislamiento social obligatorio para frenar el avance del coronovirus, el Gobierno lanzó en tandas distintas medidas orientadas especialmente a auxiliar financieramente a las micro, pequeñas y medianas empresas que vieron frenada su actividad. En el Ejecutivo estiman que el plan de asistencia económica para hacer frente al impacto de la cuarentena llegará al 5,6% del PIB entre los entre abril y junio, y sumará  un monto de $1,7 billones. 

El siguiente es un repaso de las medidas y beneficios puestos en marcha hasta el momento a las que pueden apelar las pymes, para amortiguar la pérdida económica originada por el confinamiento:

El llamado Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) sirve para todas las empresas privadas, más allá de su tamaño, y el registro para la emergencia que debe hacerse ante la AFIP entre otros beneficios, contempla:

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  • Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de los aportes patronales que correspondan al mes de abril de 2020
  • Asignación compensatoria del salario.El Estado va a pagar el 50% del salario neto de los trabajadores que estén en relación de dependencia en el sector privado. El mínimo que se depositará es el equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ($16.875) y el máximo, el doble de ese monto ($33.750). Se tomará como referencia el salario del mes de febrero de 2020 y el pago se realizará a través de la ANSES en el mes de mayo
  • Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos. La inscripción para solicitarlo arranca el 4 de mayo e irá hasta el 29 de mayo, también se realizará en la web de la AFIP. El monto máximo es de $150 mil pesos y no podrá superar el 25% del límite superior de ingresos brutos que corresponda a cada categoría.Se acreditará como saldo en la tarjeta de crédito, en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. Se devolverá hasta en 12 cuotas y con 6 meses de gracia.
  • Creditos para el pago de sueldos a tasas de 24% para PyMEs, destinados al pago de sueldos de marzo a esa del 24% por un año, con un periodo de gracia de tres meses. Se gestiona en los bancos donde les depositan los sueldos a los trabajadores de cada compañía.
  • Creditos del BICE para Mipymes. Se destinan $1.000 millones en líneas de capital de trabajo para MiPyMEs, con una tasa del 19% anual fija para empresas con aval de SGR o Fondo de Garantía, y un plazo de hasta 12 meses con un máximo de 6 meses de gracia.
  • Prórroga de moratoria Pyme: se extendió hasta el 30 de junio el plazo para la adhesión a la moratoria para MiPyMEs, monotributistas, autónomos, cooperativas y clubes de barrio que tengan deudas impositivas, aduaneras y/o de la seguridad social.
  • Suspensión temporaria del corte de servicios por falta de pago: los servicios de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet y televisión por cable no podrán ser suspendidos por falta de pago (hasta 3 facturas consecutivas o alternas) durante un lapso de 180 días corridos (desde el 25 de marzo hasta el 21 de septiembre de 2020). Esa suspensión de cortes incluye tanto a las MiPyMES, descriptas en la Resolución 173/2020, como a las cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES, y también a las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
  • Eximición del pago de contribuciones patronales: Es para los sectores más afectados por la pandemia como actividades de esparcimiento, turismo, transporte de pasajeros y hoteles.
  • Programa de Apoyo al Sistema Productivo Nacional del Ministerio de Desarrollo Productivo: allí se dispuso un fondo de 2250 millones de pesos para asistir a MiPyMEs, cooperativas, empresas e instituciones de investigación y desarrollo que contribuyan a la emergencia sanitaria, a través de Dos líneas de créditos directos con una tasa anual fija del 12%; una para capital de trabajo, y otra para inversiones productivas.
  • Aportes No Reembolsables: Para empresas, emprendedores, que no sean sujeto de crédito directo y desarrollen nuevos servicios/productos estratégicos que contribuyan a mitigar el Coronavirus. El monto máximo es de 10 millones de pesos con un plazo de hasta 6 meses de implementación.
  • Línea de crédito PAC Covid con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID): pueden oprtar a esa asistencia tanto MiPyMEs y emprendedores que produzcan bienes, equipamientos, KITs de testeo, desarrollo de servicios tecnológicos y plataformas o mejoren de procesos para enfrentar la pandemia. Se trata de sumas No Reembolsables que cubrirán el 100% del proyecto, con un monto máximo de 1.800.000 pesos. En proyectos asociativos, de dos o más empresas, el máximo será de 6 millones.
  • Congelamiento de alquileres y suspensión de desalojos: hasta el 30 de septiembre de 2020, se deberá pagar el mismo monto mensual que se abonó en marzo de este año. Beneficia a MiPymes y Cooperativas de Trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el INAES para la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
  • Medidas para exportaciones e importaciones: para que la empresa sea considerada como exportadora, deberá haber registrado ventas internacionales durante 2019 o 2020. Entre otras medidas, se acelerará el pago a reintegros a la exportación para las empresas industriales. Para la importación de insumos críticos (alcohol, artículos de laboratorio o farmacia, guantes, desinfectante, equipamiento y demás insumos sanitarios) se eliminarán impuestos de importación, y se eximirá del pago de la tasa de estadística.