La Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) dio a conocer la tabla de salarios mínimos para los trabajadores comprendidos en el sector, vigentes a partir del 1º de septiembre de 2026. Los importes de la actividad se estructuran de acuerdo con las distintas categorías de tareas desarrolladas y la modalidad de contratación, dividiéndose entre esquemas con retiro y sin retiro del lugar de trabajo.
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La grilla institucional formaliza la actualización de los montos por hora y las liquidaciones mensuales. El marco normativo ratifica que para aquellos dependientes que cumplan 24 o más horas semanales para un mismo empleador, el haber se liquida de manera proporcional a las horas trabajadas sobre la base del haber mensual. Por su parte, quienes presten servicios por menos de 24 horas semanales perciben su liquidación según la modalidad retributiva por hora.
Asimismo, la entidad sindical precisó que cuando el personal realiza tareas encuadradas en más de una categoría dentro del mismo hogar, el empleador debe abonar la remuneración correspondiente a la categoría mejor remunerada.

Detalle de las escalas salariales por categoría para septiembre de 2026
Los valores mínimos aplicables desde el 1º de septiembre de 2026 para el personal de casas particulares quedaron establecidos para cada escalafón de la siguiente forma:
Primera Categoría: Supervisor/a Comprende la coordinación y el control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
- Con retiro: $4.645,33 por hora; $579.493,14 por mes.
- Sin retiro:$5.049,58 por hora; $640.641,55 por mes.
Segunda Categoría: Personal para tareas específicas Abarca a los cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal.
- Con retiro: $4.422,54 por hora; $541.402,49 por mes.
- Sin retiro:$ 4.809,80 por hora; $597.854,36 por mes.
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Tercera Categoría: Caseros Incluye al personal que presta tareas inherentes al cuidado general y la preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
- Monto único: $4.185,94 por hora; $529.261,78 por mes.
Cuarta Categoría: Asistencia y cuidado de personas Comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas, adolescentes y adultos mayores.
- Con retiro: $4.185,94 por hora; $529.261,78 por mes.
- Sin retiro: $4.641,90 por hora; $584.936,09 por mes.

Quinta Categoría: Personal para tareas generales Abarca la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
- Con retiro: $3.914,64 por hora; $480.247,85 por mes.
- Sin retiro: $4.185,94 por hora; $529.261,78 por mes.
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Adicionales por antigüedad y zona desfavorable
La reglamentación del sector contempla adicionales específicos que deben adicionarse sobre las remuneraciones básicas. En primer término, rige un adicional salarial por antigüedad equivalente al 1% por cada año de relación laboral, el cual se calcula mensualmente sobre los salarios acordados. Dicho cómputo del tiempo de servicio contempla los períodos prestados desde el 1º de septiembre de 2020 sin efecto retroactivo.
Por otro lado, se aplica un adicional por zona desfavorable equivalente al 31% sobre los salarios mínimos de cada categoría. Este beneficio abarca a las trabajadoras que presten tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
GZ