Los empleados de las estaciones de servicio comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 521/07, cobrarán en enero de 2026 sus salarios de acuerdo a los montos establecidos en el último acuerdo paritario firmado por el Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garajes y Playas de Estacionamiento (SOESGyEP) y la Federación de Empresarios de Combustible de la República Argentina (FECRA).
Los sueldos básicos tendrán una serie de aumentos escalonados, aplicados durante el segundo semestre del 2025 y la incorporación de una suma fija a los haberes desde enero del 2026.
Al salario básico se le adhieren los adicionales previstos en el convenio de trabajo, como asistencia y manejo de fondos, que incrementan el ingreso mensual según la función y las condiciones laborales.

La negociación reciente representa una mejora estructural de las remuneraciones percibidas por los trabajadores del sector , ya que el aumento pasa a formar parte del sueldo permanente y no como pago transitorio.
Cuánto cobrarán los empleados de estación de servicio en enero de 2026, según cada categoría
Los sueldos básicos estarán vigentes desde enero de 2026 para los trabajadores de estaciones de servicio son los siguientes:
- Encargados: $1.296.137,16
- Administrativos: $1.268.981,96
- Operario de servicio: 1.264.806,62
-Operario de playa: $1.248.510,63
- Operario auxiliar: $1.213.907,08
- Operario conductor: $1.239.585, 08
- Operario de interiores y anexos: $1.235.047,32
- Sereno: $1.245.266, 38
- Franquero: según la categoría que cubra
Descuentos de hasta el 30% en combustibles: cómo acceder a los beneficios en enero del 2026”
El esquema incluye aumentos porcentuales acumulativos entre julio y noviembre del 2025, el pago de una gratificación extraordinaria no remunerativa durante el último trimestre del 2025 y la incorporación definitiva de una suma fija al salario básico a partir de enero de 2026.

El acuerdo también establece mecanismos de absorción de adelantos o incrementos otorgados previamente, para evitar superposiciones salariales, y fija aportes extraordinarios con destino a la capacitación de los trabajadores del sector.
Además de los salarios básicos de la actividad aquí descritos, los trabajadores de estaciones de servicio pueden cobrar todos los meses los siguientes porcentajes adicionales: 2% por año por antigüedad hasta 21 años, cuando pasa a ser 3% , 8% extra por manejo de caja y 8% por asistencia o presentismo.
PM