La Justicia en lo Contencioso Administrativo declaró la "
ilegitimidad" de una resolución de la
Secretaría de Comunicaciones que
autorizaba a cobrar
el servicio de informaciones "110" de las empresas telefónicas.
La jueza
María José Sarmiento dictó la resolución en el marco de una
acción de amparo presentada a fines de abril pasado por los abogados
Eduardo Monti y
Ricardo Monner Sans, quienes insistieron en un
añejo reclamo que quedó trunco en la Justicia, pues la Corte Suprema dejó, por
cuestiones formales,
sin efecto dos fallos que consagraban la gratuidad del servicio.
En 1999, la Secretaría de Comunicaciones dictó la resolución 2.926, mediante la cual "
se autorizó el cobro del servicio de información guía 110 a los usuarios del servicio
telefónico sin participación alguna de estos".
La ex defensora del pueblo de la Ciudad de Buenos Aires
Alicia Oliveira había obtenido anteriormente
fallos favorables en primera y segunda instancia a favor de la gratuidad del
servicio 110, pero cuando la causa llegó a la Corte ambos fallos fueron
revocados porque el máximo tribunal entendió que la ombudsman porteña
carecía de "legitimación activa" para formular el pedido.
A raíz de ello, Monner Sans y Monti iniciaron una
acción de amparo como usuarios del servicio telefónico, y el fiscal federal
Fabián Canda dictaminó a favor del reclamo. La jueza Sarmiento adhirió a ese
dictamen
e hizo lugar a la acción de amparo, que tendrá
alcance limitado: las empresas
Telefónica de Argentina y
Telecom Argentina no podrán cobrarle el servicio 110 a los dos accionantes. es decir Monner
Sans y Monti.
No obstante, el fallo
abre el camino para acciones similares por parte de otros usuarios e, incluso,
entidades de consumidores,
hasta que el tema vuelva a la Corte Suprema de Justicia.
La resolución de la jueza Sarmiento dispone, también, que
las empresas telefónicas deberán pagar las costas del juicio.
Fuente:
DyN
Declaran ilegítimo el cobro de llamadas al 110
La Justicia en lo Contencioso Administrativo declaró ilegítima la resolución de la Secretaría de Comunicaciones que autorizaba a las empresas telefónicas a cobrar las llamadas al servicio de informaciones.