ECONOMIA
TARIFAZO ELCTRICO

Edenor y Edesur no podrán cortar por falta de pago

La Justicia hizo lugar a un pedido del defensor del Pueblo de la Nación. La demanda que plantea la "ilegitimidad" de los aumentos autorizados.

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| Tlam

Luego de una larga serie de protestas contra el incremento de la electricidad autorizada por el Gobierno, la Justicia hizo lugar a una medida cautelar pedida por el Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino. De esta manera, las empresas Edenor S.A., Edesur S.A. y Edelap no podrán efectuar cortes de suministro de energía por falta de pago.

"Este requisito en la demora se ve acrecentado en atención a la cuantía de los importes de las facturas en copia acompañadas, así como también debe ponderarse la importancia que el servicio de suministro eléctrico tiene en la actualidad para los usuarios residenciales" argumentó la Justicia.

El lunes, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, por unanimidad de sus tres miembros, revocó el fallo del Juzgado N° 9, a cargo de la Dra. Alicia G. M. de Negre, quien había negado legitimidad a Mondino, para presentarse en representación de
consumidores por los incrementos en las tarifas de luz
.

Dos semanas atrás, el Defensor del Pueblo presentó una demanda contra el Estado Nacional, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y contra el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), a fin de que se declare la " nulidad por ilegitimidad" de las Resoluciones que autorizaron el aumento de suministro eléctrico.

La medida "generó facturaciones que contienen valores irrazonables desde el punto de vista económico, constituyéndose, en
consecuencia, en arbitrarios y manifiestamente ilegales por contrariar principios elementales de justicia contenidos en la Constitución Nacional", planteó Mondino.