En una nueva medida destinada a cortar "rulos financieros", el Gobierno dispuso que quienes adquieran dólares MEP a través de la compra y venta de bonos, deberán aguardar 15 días para operar con divisas.
Mediante la Resolución RG 962, la Comisión Nacional de Valores (CNV) modifica la operatoria en dólares del mercado local.
A partir de este miércoles 24 de mayo, cualquier cliente que genere dólares MEP o Cable por ALs y GDs por pantalla, no podrá usarlos y ningún otro por los 15 días posteriores.
Di Stefano: "Los próximos 12 meses serán difíciles"
Esto implica que si se compran dólares MEP o cable usando bonos AL30 y GD30, posteriormente no se podrá comprar ni vender dólares por 15 días (por otro activo que no sea AL30 o GD30).
En el Gobierno dicen que es para frenar un rulo financiero que se hacía comprando dólares baratos en la Bolsa y luego revendiéndolos más caros, a costa de las reservas de la autoridad monetaria.
Según el presidente de la CNV, Sebastián Negri, las resoluciones del organismo “tienen una redacción compleja, pero eso no habilita a interpretarlas libremente. La RG 962 no cambia nada la operatoria habitual del 99% de quienes hacen MEP y CCL”.
“Lo que hace, como su antecedente, la RG 907, es evitar arbitrajes por diferencias de precios entre títulos públicos y otros instrumentos, como se venía advirtiendo en los últimos días, distorsionando el mercado”, señaló en su cuenta de Twitter.
El analista de mercado, Christian Buteler, consideró que la medida de la CNV "busca evitar los rulos. ¿Cómo lo hacen? Si compras MEP/CCL con bonos AL o GD por 15 días no se puede vender dólares contra otros instrumentos, pero se puede disponer de los dólares (retirarlos), seguir comprando MEP/CCL y se mantiene el mismo parking".
"El gobierno tiene una cantidad limitada de bonos para intervenir en el mep/ccl, quiere evitar que por los rulos le saquen más dólares de los necesarios. La forma de hacerlo es mediante las regulaciones", agregó el analista en su red social.
Qué dice la resolución de la Comisión Nacional de Valores
Según la resolución “los agentes podrán cursar órdenes para concertar operaciones con liquidación en moneda extranjera o para transferir valores negociables desde o hacia agentes depositarios del exterior, sólo si durante los quince (15) días corridos anteriores, el cliente no concretó operaciones de venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares estadounidenses emitidos por la República Argentina bajo ley local y/o extranjera, con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo y, asimismo, que exista manifestación fehaciente de no hacerlo en los quince (15) días corridos subsiguientes”.
LM