A medida que se acercan las fechas de fin de año, en la planificación de la economía del hogar comienzan a aparecer algunos trámites que son impostergables, entre ellos la necesidad de liquidar las vacaciones del personal, en caso de contar con ellos. Y, las empleadas de casas particulares cuentan con su régimen laboral particular.
Empleadas domésticas: ¿Cómo queda la escala salarial con el aumento de noviembre?
Vale recordar que esta semana, específicamente el 24 de noviembre, se vuelve a reunir la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares en un plenario para evaluar un nuevo aumento en los salarios del personal doméstico. En lo que va del año, los salarios del personal de casas particulares lleva acumulado un aumento del 70%, un nivel que se mantiene muy por debajo de la inflación del período, que ya llegó al 88%.
Ahora bien, volviendo a la forma de liquidar las vacaciones, ante todo es necesario considerar la antigüedad en el empleo al 31 de diciembre del año que corresponde a las mismas.
¿Cuándo comienza a correr el período vacacional?
Tal como indica el esquema laboral de las Empleadas de Casas Particulares, las vacaciones se otorgan a partir del lunes o el primer día semanal de trabajo habitual, entre el 1º de noviembre y hasta el 30 de marzo de cada año.
¿Se pueden fraccionar las vacaciones?
Se pueden fraccionar a pedido para usarla en otras épocas del año. El período continuo de licencia no puede ser menor a dos tercios del que corresponde según la antigüedad.
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Cuántos días corresponden según la antigüedad y cómo pagarlas
Pago: las vacaciones se pagan antes de comenzarlas:
A) Antigüedad menor a 6 meses:
- Entre cuatro y siete semanas de trabajo: un día.
- Entre ocho y once semanas de trabajo: dos días corridos.
- Entre 12 y 15 semanas de trabajo: tres días corridos.
- Entre 16 y 19 semanas de trabajo: cuatro días corridos.
B) Más de 20 semanas de trabajo: cinco días corridos.
C) Fracción mayor a 6 meses hasta 5 años: 14 días corridos.
D) Más de 5 años hasta 10 años: 21 días.
E) Más de 10 años hasta 20 años: 28 días.
F) Más de 20 años: 35 días.
Cuánto corresponde pagar por antigüedad
Desde septiembre del año anterior, la Administración Federal de Ingresos Públicos incorporó el concepto de “Antigüedad” a los recibos de sueldo del personal de casas particulares que se debe abonar mensualmente.
Así, los empleadores tienen que pagar un adicional del 1% por año sobre los salarios mensuales para el personal doméstico.
El concepto estará incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.
Además,el sistema emite el recibo final con todos los conceptos declarados.
LR