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Escala salarial de los encargados de edificios: cuánto gana un empleado de SUTERH en agosto

El Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal oficializó los valores salariales de agosto para el personal encuadrado en los convenios colectivos de la actividad.

Las expensas continúan al alza.
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La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Fateryh) y las cámaras del sector empleador ratificaron la vigencia de la totalidad de las cláusulas del Convenio Colectivo de Trabajo 589/10 y acordaron una modificación salarial para las remuneraciones de julio, agosto y septiembre de 2026 de los encargados de edificios. Para el mes de agosto, las partes pactaron un incremento del 1,9% a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes de julio de 2026 para la cuarta categoría establecida en el artículo 6 del CCT 589/10.

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Este porcentaje de aumento del 1,9% se aplicó a los adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías. Asimismo, el acuerdo estableció incrementar la suma fija remuneratoria mensual en la suma de $25.000, la cual se abonará conjuntamente con la remuneración devengada en el mes de agosto.

La escala de remuneraciones básicas mensuales correspondiente a la planilla salarial de agosto de 2026 para las distintas posiciones operativas se compone de la siguiente manera:

- Encargado Permanente con vivienda: $1.220.160 para 1° Cat., $1.169.320 para 2° Cat., $1.118.480 para 3° Cat. y $1.016.800 para 4° Cat.

- Encargado Permanente sin vivienda: $1.401.533 para 1° Cat., $1.343.136 para 2° Cat., $1.284.739 para 3° Cat. y $1.167.944 para 4° Cat.

- Ayudante Permanente con vivienda: $1.220.160 para 1° Cat., $1.169.320 para 2° Cat., $1.118.480 para 3° Cat. y $1.016.800 para 4° Cat.

- Ayudante Permanente sin vivienda: $1.401.533 para 1° Cat., $1.343.136 para 2° Cat., $1.284.739 para 3° Cat. y $1.167.944 para 4° Cat.

- Ayudante Media jornada: $700.767 para 1° Cat., $671.568 para 2° Cat., $642.369 para 3° Cat. y $583.972 para 4° Cat.

- Personal Asimilado con vivienda: $1.220.160 para 1° Cat., $1.169.320 para 2° Cat., $1.118.480 para 3° Cat. y $1.016.800 para 4° Cat.

Expensas

- Personal Asimilado sin vivienda: $1.401.533 para 1° Cat., $1.343.136 para 2° Cat., $1.284.739 para 3° Cat. y $1.167.944 para 4° Cat.

- Mayordomo con vivienda: $1.258.541 para 1° Cat., $1.206.102 para 2° Cat., $1.153.663 para 3° Cat. y $1.048.784 para 4° Cat.

- Mayordomo sin vivienda: $1.451.186 para 1° Cat., $1.390.720 para 2° Cat., $1.330.254 para 3° Cat. y $1.209.322 para 4° Cat.

- Intendente: $1.703.535 para 1° Cat., $1.703.535 para 2° Cat., $1.703.535 para 3° Cat. y $1.703.535 para 4° Cat.

- Personal con más de 1 Función con vivienda: $1.220.160 para 1° Cat., $1.169.320 para 2° Cat., $1.118.480 para 3° Cat. y $1.016.800 para 4° Cat.

- Personal con más de 1 Función sin vivienda: $1.401.533 para 1° Cat., $1.343.136 para 2° Cat., $1.284.739 para 3° Cat. y $1.167.944 para 4° Cat.

- Encargado Guardacoches con vivienda: $1.066.831 para 1° Cat., $1.066.831 para 2° Cat., $1.066.831 para 3° Cat. y $1.066.831 para 4° Cat.

- Encargado Guardacoches sin vivienda: $1.145.168 para 1° Cat., $1.145.168 para 2° Cat., $1.145.168 para 3° Cat. y $1.145.168 para 4° Cat.

- Personal Vigilancia Nocturna: $1.250.092 para 1° Cat., $1.250.092 para 2° Cat., $1.250.092 para 3° Cat. y $1.250.092 para 4° Cat.

- Personal Vigilancia Diurna: $1.174.574 para 1° Cat., $1.174.574 para 2° Cat., $1.174.574 para 3° Cat. y $1.174.574 para 4° Cat.

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- Personal Vigilancia Media Jornada: $587.287 para 1° Cat., $587.287 para 2° Cat., $587.287 para 3° Cat. y $587.287 para 4° Cat.

- Encargado No Permanente con vivienda: $645.675 para 1° Cat., $645.675 para 2° Cat., $645.675 para 3° Cat. y $645.675 para 4° Cat.

- Encargado No Permanente sin vivienda: $688.284 para 1° Cat., $688.284 para 2° Cat., $688.284 para 3° Cat. y $688.284 para 4° Cat.

- Ayudante Temporario: $1.153.765 para 1° Cat., $1.153.765 para 2° Cat., $1.153.765 para 3° Cat. y $1.153.765 para 4° Cat.

- Ayudante Temporario Media Jornada: $576.882 para 1° Cat., $576.882 para 2° Cat., $576.882 para 3° Cat. y $576.882 para 4° Cat.

- Personal Jornalizado no más 18 horas (según ART. 7 INC. P HORA): $12.742,40.

- Suplente con horario por día: $55.642,60.

Adicionales remuneratorios y plus por tareas específicas de SUTERH

La grilla salarial aprobada por el sindicato conducido por Víctor Santa María fijó además un adicional remuneratorio mensual para todas las categorías del CCT de $80.000, el cual se liquida de forma proporcional a cada categoría. A este adicional general se suman los suplementos estipulados para cualquiera de las categorías del sector por tareas operativas cotidianas en el inmueble.

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El desglose de los adicionales asignados para el mes de agosto comprende los siguientes ítems y montos:

- Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina: $2.280,10.

- Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA: $39.271,60.

- Valor vivienda: $8.376,40.

- Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%): $11.679,40.

- Plus por antigüedad - por año ART. 11 (2%): $23.358,90.

- Plus limpieza de cocheras: $31.115,10.

- Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades: $46.069,10.

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- Plus Jardín: $31.115,10.

- Plus Zona Desfavorable: 50%.

- Título de Encargado Integral de Edificio: 10%.

- Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua: $52.343,20.

- Adicional Viáticos: $86.655,70.

En la misiva dirigida a los afiliados, el secretario general del Suterh y Fateryh, Víctor Santa María, señaló que "el Suterh mantiene la lucha en la defensa de los derechos y conquistas de nuestros trabajadores y trabajadoras, de su estabilidad laboral y del poder adquisitivo de nuestros salarios. Ese es nuestro compromiso y jamás lo abandonaremos".

GZ / lr