ECONOMIA
Pandemia de Coronavirus

El Gobierno podría extender la prohibición de despidos y doble indemnización hasta 2022

Desde el Ministerio de Trabajo, señalan que la decisión dependerá del contexto sanitario y económico de la Argentina en los próximos meses. Alberto Fernández había prorrogado ambas medidas hasta el 31 de diciembre del presente año.

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Moroni. El ministro de Trabajo ya tiene listo el DNU que será firmado por el Presidente. | telam

El Gobierno podría extender la prohibición de despidos y la obligación de doble indemnización en caso de cesantías, que tienen vigencia por lo que resta de 2021, hasta el próximo año 2022 dependiendo del contexto pandémico y económico de la Argentina.

Ambas medidas habían sido puestas en práctica por la administración del Alberto Fernández en respuesta a la crisis sanitaria que afrontó el país en el inicio de la brote por coronavirus. Fueron extendidas a lo largo del 2020 y hasta fin de este año.

Desde la cartera laboral, y según pudo conocer Infobae este martes 3 de agosto, señalan que las chances de que estas puedan prolongarse “dependerá del contexto” en el que termine el 2021. “Nuestro objetivo fue proteger los contratos de trabajo”, indicaron.

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El Gobierno oficializaba el 28 de junio la prohibición de despidos y doble indemnización hasta el 31 de diciembre.

Por ende, dicha prórroga está vinculada directamente con el análisis de las condiciones sanitarias en la Argentina en un futuro cercano. A partir de ellas, el Poder Ejecutivo acordará flexibilizar esas condiciones, frente a los reclamos de los empresarios.

A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el Gobierno oficializaba el 28 de junio la prohibición de efectuar despidos sin justa causa o falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, hasta el 31 de diciembre del presente año.

Hasta esa fecha, además, quedan prohibidas las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, según el Decreto 413/2021 que fue publicado aquel lunes a través del Boletín Oficial.

El Gobierno extiende hasta el 31 de mayo la prohibición de despidos con una excepción

El Poder Ejecutivo aclaró que la medida se dictó en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541 y la emergencia pública en materia ocupacional, declarada mediante el Decreto Nº 34/19.

Asimismo, aclaraba que quedan exceptuadas de esta prohibición y de los límites temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de esa norma.

Finalmente, los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto, "no producirán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales", según el texto oficial.

Prohibición de despidos: se oficializó su extensión hasta fin de año

La Casa Rosada justificaba ambas normas señalando a través de un comunicado oficial que "la segunda ola de COVID-19 que azota al país debe ser acompañada por medidas acordes que contemplen la protección de la salud de la población".

"En función de ello, es necesario acompañar medidas de emergencia prorrogando la adopción de aquellas que resguardan los puestos de trabajo, como herramientas de política laboral necesarias para la protección de las trabajadoras y los trabajadores", concluían.

JFG / ED