La falta de actualización del mínimo no imponible significa en los hechos una irrazonable afectación al salario que percibe mensualmente y con el cual debe hacer frente a todas las necesidades, vulnerándose en forma manifiesta su poder adquisitivo, dijo el magistrado.
El juez federal Alfredo López, de Mar del Plata, hizo lugar a un amparo presentado por un trabajador contra la AFIP y declaró inaplicable el cobro del Impuesto a las Ganancias en su caso en particular. Se trata de una persona que, a causa de la falta de actualización del mínimo no imponible a partir del cual se tributa, argumentó que quedaría alcanzada por el descuento para el fisco.