ECONOMIA
Repercusiones

Ley de Teletrabajo: malestar entre los empresarios que no vieron aplicadas sus sugerencias

Más allá de lo que Trabajo pueda reglamentar y las partes negociar colectivamente sector por sector, la norma fija un piso mínimo de derechos que para muchos empresarios hará muy difícil ofrecer esta modalidad.

Teletrabajo
Teletrabajo | Unsplash

"Era una oportunidad para incorporar gente que vive en el interior, familias monoparentales"; "Sin duda no va a generar nuevos empleos"; "Alienta la informalidad, el cuenta propismo", "tendrá serias consecuencias sobre esta modalidad de trabajo", y tantas otras reflexiones replican desde distintas cámaras empresariales que vieron con perplejidad cómo el Senado aprobaba, a pesar de la resistencia de la oposición, y de gran parte de la comunidad empresarial, la ley de Teletrabajo que entrará en vigencia en 90 días desde el final del aislamiento social preventivo y obligatorio.

Ya desde la semana pasada circulaba el rumor sobre el malestar de los empresarios porque no eran considerados sus aportes, aunque fueron convocados a dialogar y dar sus opiniones en primera instancia en Diputados. A mediados de mes, empresarios del Grupo de los Seis pidieron revisar el proyecto cuyo tratamiento legislativo consideraron "se apresuró sin fundamento".

Pero, la celeridad con la que venían tratando el tema en diputados se mantuvo, y el proyecto se convirtió en Ley en el Senado. Ahora, son varios los interrogantes que se abren, en parte porque para las empresas no es obligatorio ofrecer la modalidad. Así, la ley podría perjudicar a los trabajadores si no recibe cambios en la reglamentación, porque en definitiva, "el teletrabajo es un pedido que realizan los empleados entre los beneficios", indicó a Perfil el Dr Esteban Mancuso, coordinador de asuntos laborales de la Cámara Argentina de Comercio.

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Y justamente, la mayoría de las cámaras que se manifiestan sobre la Ley sancionada advierten que lo más perjudicial es que logrará desincentivar la aplicación de esta modalidad de trabajo.

Daniel Funes de Rioja, presidente de COPAL y vicepresidente de la UIA fue muy claro en sus apreciaciones al manifestar una "Profunda sorpresa de que ninguna de las observaciones formuladas por la UIA y otros sectores empresariales haya sido tenida en cuenta a pesar de las razones dadas", dijo. Para el vice de la UIA, "el dictamen se aprobó y la ley se sancionó a ¨libro cerrado", manifestó.

Esteban Mancuso de la Cámara Argentina de Comercio recordó la necesidad de contar con una regulación moderna, ágil, novedosa, pero cuestionó que la ley votada es todo lo contrario. "Se está regulando para una modalidad de trabajo que requiere mucha menos rigidez que la que le están introduciendo. Están regulando con la modalidad presencial el teletrabajo", dijo. 

La Cámara envió un comunicado en el que manifestó que el hecho de que el empleado pueda disponer en cualquier momento el regreso a las tareas presenciales –caso contrario, puede considerarse despedido– "obliga al empleador a contar con instalaciones ociosas –disponibles en caso de que el trabajador quiera ejercer esa opción– lo que "encarece sensiblemente los costos del teletrabajo". Asimismo se manifestaron en contra de las jornadas de trabajo con horarios rígidos, en tanto, "no permiten adaptarse a los diversos husos horarios de los países de destino de las exportaciones de servicios".

El abogado Julio Lococo, socio del estudio Perez Alati, Grondona, Benites & Arntsen, "si bien la Ley aprobada es plausible en cuanto regula la materia, merece reparos como la complicación que acarrea la reversibilidad o el derecho del empleado que acordó teletrabajar de volver a prestar tarea en el establecimiento, la falta de claridad en la determinación de que los elementos brindados al trabajador para el desempeño de la modalidad son ‘herramientas de trabajo’ y no parte de la remuneración y la previsión de una mayor flexibilidad a la hora de convenir jornadas de trabajo", manifestó.

 

"Es una Ley que aún con buenas intenciones, comete errores en las apreciaciones", Luis Galeazzi, Dir. Argencon.

La realidad es que para muchas actividades el teletrabajo dista de ser nuevo. Como es el caso de las empresas de tecnología. Desde la Cámara de la Industria del Software apuntaron directo a la burocratización porque "El proyecto aprobado atenta contra el teletrabajo", se quejaron. "Esta ley no contribuye con las empresas y profesionales, ya que quienes quieran sumarse a esta modalidad deberán afrontar regulaciones que limitarán su puesta en práctica y federalización del empleo. El problema no es el teletrabajo, sino su burocratización", advirtieron.

Y fueron muy duros con lo que cabe esperar. "En 90 días, una vez terminado el Aislamiento Social y Preventivo Obligatorio, comenzará un proceso que podría haberse matizado y que estará signado por una nueva fuga del talento argentino al exterior. Queríamos apostar a un proyecto de país, pero lamentamos no haber sido escuchados".

Por su parte, Luis Galeazzi, Director Ejecutivo de Argencon, entidad que nuclea a las empresas que trabajan en la economía del conocimiento y en las que hay más de 30.000 personas que teletrabajan también fue contundente respecto a la ley sancionada. "Tal como está escrita la Ley, no beneficia al trabajador, a la empresa o a los sindicatos. Tiene formas que son impracticables que pueden generar una industria del litigio", alertó.  

Además, explicó que "Ni una sola línea de la ley de teletrabajo está orientada a promover el desarrollo de esta modalidad de empleo, que, por impulso de la tecnología y la propia demanda de los trabajadores, se impone en toda la economía global".

Para Galeazzi "Un trabajador podría hacer uso de su derecho a la reversibilidad y podría pedir volver de cualquier lugar lejano; esto va en contra de la experiencia que tenemos: es una ley que, aun con buenas intenciones, comete errores en las apreciaciones".

Mas allá de las críticas a la Ley sancionada, es generalizada la visión empresarial de que se necesita una normativa moderna sobre el tema. Finalmente, la cuarentena ha venido a generalizar la modalidad denominada ‘teletrabajo’ o ‘home office’, permitiendo advertir sus ventajas desde ambos lados (empresas y empleados).

En tanto, para adelante, más allá de lo que Trabajo pueda reglamentar y las partes negociar colectivamente sector por sector, la norma fija un piso mínimo de derechos que de acuerdo a muchos de los empresarios consultados, les hará muy difícil ofrecer esta modalidad.