ECONOMIA
Preocupación

Ley de Teletrabajo: Para los medios es inaplicable y ocasionará retrocesos en materia laboral

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas junto a otras asociaciones de medios alertaron en una carta a Senadores que si avanza el proyecto podría "desincentivar el teletrabajo".

coronavirus-teletrabajo-home-office-estres-Pexels
Teletrabajo | Andrea Piacquadio / Pexels

El 25 de junio pasado, con 214 votos positivos, uno negativo y 29 abstenciones, el proyecto de ley para dotar de un marco regulatorio al teletrabajo obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados y fue girado al Senado de la Nación, donde en breve comenzará su tratamiento. Muchas crítícas al proyecto comenzaron a aflorar en los últimos días, entre ellas se suma la de Adepa que, entre otras cosas argumenta que el proyecto propuesto para reglamentar el trabajo remoto "se tornará de aplicación inviable y ocasionará un retroceso frente a los avances en materia laboral que el mundo digital permite".

Según indica Adepa, que en la actualidad nuclea a 180 empresas periodísticas de todo el país, editoras de diarios, periódicos, revistas y sitios web, " el proyecto sancionado en Diputados podría generar trabas para la aplicación de esta modalidad laboral e implicar incluso un retroceso frente a los avances que el mundo digital permite, en un ecosistema en el que deben ser atendidos mancomunadamente los intereses de trabajadores y empleadores".

Para Adepa y en coincidencia con muchas otras organizaciones empresariales, "de avanzar en el Senado el proyecto podría tener el efecto no deseado de desincentivar el teletrabajo", indicaron. 

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

De esta manera lo advierten en una nota dirigida a Senadores nacionales, firmada de forma conjunta por varias asociaciones representativas de medios, entre las que figuran Adepa; la Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas (ATA); la Asociación de Radios Privadas Argentinas (ARPA); la  Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC);  la Asociación de Diarios del Interior de la República Argentina (Adira); la Asociación de Editores de Diarios de la Ciudad de Buenos Aires (Aedba); la Asociación Argentina de Editores de Revistas (AAER) y la Comisión Empresaria de Medios de Comunicación Independientes (Cemci).

Qué hacen las empresas para mejorar condiciones de teletrabajo de sus empleados

En la misma señalan que “es pertinente regular una modalidad de trabajo como esta, tal como lo han hecho prácticamente todos los países de la región. Ello tutelaría a quienes necesitan protección y otorgaría previsibilidad, eficiencia y eficacia a quienes deben ofrecer bienes y servicios en condiciones sustentables”. Pero advierten que "Lamentablemente, algunas de estas premisas no terminaron de plasmarse en el proyecto en Diputados".

Entre los puntos que harían "inviable" la aplicación de la posible Ley destacaron el tema de la reversibilidad, muy criticado también por otras cámaras. "Permitir, como propicia el proyecto, que -la modalidad del teletrabajo -se revierta sin motivación y en cualquier oportunidad, porque definitivamente atenta contra ella, la inversión que exige y los objetivos que se persiguen, tanto para empleados como para empleadores". 

Uno de los puntos que ha generado más fricción es el de "reversibilidad": Cabe indicar que en su artículo 8, la ley señala que "el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación".Dicho artículo fue uno de los puntos cuestionados desde las cámaras empresarias como la Cámara Argentina de Comercio y la Unión Industrial Argentina, entre otras, que alegan que va contra los artículos 64 y 65 de la Ley de Contrato de Trabajo, que le otorgan al empleador la facultad de organización y dirección de la empresa.

También los medios alegan en su carta que, en las condiciones previstas, el proyecto podría fomentar el trabajo informal: "Aprovechar la regulación del teletrabajo para restringir y limitar las facultades de organización y dirección que la ley le asigna al empleador como responsable de toda unidad técnica de producción, solo por elegir esta modalidad, pone en jaque al empleo formal, al desalentarlo, en especial en los sectores de la economía que se intenta fomentar", indicaron 

Empresaria de turismo se quebró en pleno debate de Diputados al contar la crisis del sector

Además, manifiestan su reclamo en la idea de pretender crear un registro de las plataformas y programas que se empleen en cada empresa; o una autorización especial para la contratación de teletrabajadores extranjeros y manifestaron que "esto podría ocasionar represalias internacionales, poniendo en riesgo el trabajo argentino exportable y la generación de divisas".

Finalmente también critican que no se haya pensado en una etapa de transición para la adaptación de las pymes. "No se ha previsto ni siquiera una etapa de transición y adaptación de quienes tendrán mayores dificultades y restricciones para afrontar el desafío de evitar que se amplíe la brecha de productividad y competitividad que suele generar todo proceso de digitalización", alertaron. 

Con sus reclamos los empresarios de los medios advierten que si llegara a aprobarse este proyecto en el Senado, "ello podría representar que todos los teletrabajadores deberán regresar a la modalidad presencial, y con ello a la frustración recíproca de verificar que no fueron atendidos sus intereses".

 

Vale consignar que desde que fue aprobada inusitadamente rápido y casi sin discusión en la Cámara de Diputados y pasó para su tratamiento en la Cámara Alta, las distintas cámaras empresariales comenzaron a mostrar sus inquietudes respecto a puntos fundamentales que propone la normativa; si bien todos parecen acordar en la necesidad de regular esta modalidad de trabajo que cobró fuerte empuje durante la pandemia, por el mismo aislamiento preventivo y obligatorio que supuso la cuarentena. 

Entre otras cosas la Ley establece que los trabajadores bajo la modalidad del teletrabajo gozarán de los mismos derechos y obligaciones y de la misma remuneración que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial, y que los convenios colectivos de cada actividad, "deben prever una combinación entre prestaciones presenciales y por teletrabajo".

Por otra parte, establece el derecho a la desconexión digital fuera de la jornada laboral y durante los períodos de licencia, indicando que "el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral".