ECONOMIA
Boletín Oficial

Promoción de empleo: requisitos para acceder a la reducción de contribuciones patronales

En la Resolución Conjunta 9/2021 de los Ministerios de Trabajo y de Desarrollo Productivo, el beneficio establecido el 5 de agosto en el Decreto 493 será de aplicación para cuatro modalidades de contratación laboral.

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El Gobierno estableció hoy cuáles son las 4 modalidades de contratación laboral que gozarán de una reducción de las contribuciones patronales, en el marco del régimen de promoción de empleo creado recientemente.

Tal como lo estableció la Resolución Conjunta 9/2021 de los Ministerios de Trabajo y de Desarrollo Productivo, publicada este 15 de septiembre en el Boletín Oficial, el beneficio establecido el 5 de agosto último a través del Decreto 493 será de aplicación respecto de cuatro modalidades de contratación laboral.

Esas modalidades son:

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  • Contratos de trabajo por plazo indeterminado,
  • Contratos de trabajo a tiempo parcial,
  • Contratos de trabajo agrario permanentes -tanto de prestación continua como discontinua- y
  • Contratos de trabajo comprendidos en el régimen previsto en la Ley Nº 22.250.

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Vale recordar que con el Decreto 493 se implementó un régimen de promoción de generación de empleo, por medio del cual se establecieron una serie de requisitos y condiciones para que los empleadores del sector privado reciban un beneficio por la incorporación de nuevos trabajadores, que participen o hayan participado dentro de determinado plazo, en programas educativos, de formación Profesional o de Intermediación Laboral.

En qué consiste el beneficio de reducción de aportes patronales

El beneficio consiste en la reducción de las contribuciones patronales por los primeros doce meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral.

La reducción varía:

  • 95% de reducción en caso de contratarse una persona mujer, travesti, transexual, transgénero o con discapacidad debidamente acreditada y documentada y
  • y del 90%, en caso de contratarse a una persona varón.

Dichas reducciones serán calculadas respecto de las contribuciones patronales con destino al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados; al Fondo Nacional de Empleo; al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.

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Ahora, el Poder Ejecutivo señaló que "atendiendo al objetivo central explicitado en el decreto, el cual es fomentar y priorizar la creación de puestos de trabajo de calidad a fin de procurar la inserción en ellos de las trabajadoras y los trabajadores, resulta conveniente establecer que el incentivo fiscal establecido se aplique respecto de aquellas modalidades de contratación laboral destinadas a perdurar en el tiempo".

Esas modalidades "permiten tanto el desarrollo personal, el crecimiento y consolidación del sector productivo, como una efectiva integración social y que conforman el principio general en la materia", tal como indica el texto oficial.

LR