ECONOMIA
Consumo y voto

Proyecto de Ley de reforma del impuesto a las ganancias: 7 puntos fundamentales

Este martes 19 se debate en Diputados el proyecto que, de ser aprobado, comenzaría a regir a partir del año próximo. Situación que la oposición señala como "medida oportunista".

Impuesto a las Ganancias, el Gobierno oficializó  una nueva medida.
Impuesto a las Ganancias, el Gobierno oficializó una nueva medida. | Reperfilar

El proyecto de ley de reforma del Impuesto a las Ganancias, que se debatirá esta tarde de martes 19 de septiembre en el recinto de la Cámara de Diputados, apunta a que los cambios puedan implementarse a partir del 2024.

Entre otras cuestiones, la iniciativa busca la eliminación de la cuarta categoría del gravamen y la creación, en reemplazo, de un impuesto cedular que fija el pago del tributo únicamente para los ingresos superiores a 15 salarios mínimos mensuales, que hoy representan más de $1.770.000.

JxC irá contra el proyecto de Ganancias que impulsa el Gobierno

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El tratamiento se realizará esta tarde, en medio de un clima de tensión con la oposición que ya manifestó su postura contraria al proyecto. Sostienen que la disposición es "oportunista", "electoralista" y que puede comprometer el déficit fiscal; uno de los aspectos claves que tiene en cuenta el Fondo Monetario Internacional en las negociaciones de la deuda contraída en 2018.

7 puntos destacados de proyecto de reforma a impuesto a las ganancias:

Estos son los puntos principales de la iniciativa que impulsa el oficialismo:

  1. Se elimina la cuarta categoría y en su reemplazo se crea un impuesto cedular que establece que sólo pagarán el tributo los ingresos superiores a 15 sueldos mínimos mensuales, que actualmente representan alrededor de de $1.770.000 millón, pero llegaría a $2 millones con el ajuste que se debatirá la semana próxima en la reunión del Consejo del Salario.
  2. Ese nuevo gravamen tendrá una alícuota progresiva sobre el excedente, que va de 27% a 35%, y que se actualizará con el valor del salario mínimo dos veces por año.
  3. Así, sólo pagarán Ganancias 88.000 contribuyentes, menos del 1% del total de las remuneraciones, jubilaciones y pensiones, de acuerdo con los cálculos oficiales.
  4. La determinación del impuesto se efectuará de la siguiente manera: se considera al comienzo del período fiscal, el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente el 1° de enero de ese año, el que se actualizará el 1° de julio de cada año fiscal, considerando el valor del haber mínimo vigente a esa nueva fecha.
  5. El salario anual complementario, o aguinaldo, estará exento del pago del tributo.
  6. El proyecto no incluye a cargos de alta responsabilidad en empresas, como directores de sociedades anónimas, CEOs, gerentes y subgerentes. También se excluyen las pensiones de privilegio y funcionarios políticos.
  7. Para los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido bonaerense de Patagones, habrá un tratamiento especial.


LR