ECONOMIA
Paso a paso

"Registradas": lo que hay que saber para anotar a una empleada doméstica en el nuevo plan

El gobierno oficializó el nuevo programa que busca formalizar el empleo entre las empleadas de casas particulares a través del DNU 660/2021. Qué requisitos necesita el empleador para sumarse a la iniciativa oficial.

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Personal doméstico | Agencia Shutterstock

Hoy, martes 28 de septiembre, el gobierno oficializó el nuevo plan "Registradas" que busca formalizar el empleo doméstico a través del Decreto 660/2021. Mediante esta iniciativa, el Estado pagará una parte del sueldo de la empleada doméstica durante 6 meses, al tiempo que el empleador deberá anotarla, pagar sus aportes, contribuciones, ART y la parte del sueldo restante.

El programa incluye una nueva escala salarial además del pago por antigüedad. Paralelamente, se abre una cuenta sueldo gratis, a nombre de la trabajadora, en el Banco Nación, donde se depositará el dinero a cobrar.

La inscripción al programa deberá ser solicitada por el empleador y estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021.

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Cómo es el plan "Registradas" para las empleadas de servicio doméstico

El DNU 660/2021 explica paso a paso cómo deberá ser el trámite para registrar a una empleada doméstica, al tiempo que aclara ciertas condiciones sobre los que pueden adherir al plan.

Quienes pueden ingresar al programa Registradas
 

Respecto de los empleadores, indica que podrán solicitar el ingreso al Programa los que en los 12 meses calendario anteriores a la entrada en vigencia de este DNU hayan obtenido ingresos brutos con promedio mensual igual o inferior a $ 175.000 (piso de Ganancias)

Respecto de las empleadas que registren una nueva relación laboral comprendida en el Régimen establecido en la Ley N° 26.844 a partir de la fecha de inicio del Programa, la que deberá reunir los siguientes requisitos:

I. que esté encuadrada en las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales;

II. que sea con dedicación igual o mayor a DOCE (12) horas semanales de trabajo.

Además aclara que la solicitud del beneficio implica que el empleador da su consentimiento para que la AFIP suministre la información necesaria para el control y la operatividad del beneficio a la Autoridad de Aplicación, que será el Ministerio de Trabajo.

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Beneficios previstos y prohibiciones expresas

  • Monto del beneficio:
  1.  Para empleadores cuyos ingresos brutos mensuales no superen el 70 % de la suma indicada ($175.000), el beneficio será de una suma mensual equivalente al 50 % de la remuneración neta mensual mínima del / la trabajador/a de casa particular.
  2.  Para aquellas empleadoras y aquellos empleadores cuyos ingresos brutos mensuales se encuentren comprendidos entre el 70 % y el 100 % de los $175 mil, el beneficio será del 30%.

El salario mínimo debería subir 30% para tener el mismo valor adquisitivo de 2015

Entre otras cosas el DNU aclara que el monto mensual máximo del beneficio será de $15.000 en todos los casos.

  • Duración: el beneficio se extenderá por 6 meses.
  • Cada empleador podrán inscribirse en el Programa para acceder al beneficio, únicamente por 1 sola relación laboral.
  • La trabajadora o el trabajador solo podrá estar inscripta o inscripto en el Programa bajo la nómina de 1 empleador 
  • Esta prohibido usar este Programa para contratar personal de casas particulares perteneciente al grupo familiar del empleador. Asimismo, quienes hayan solicitado la baja de una relación laboral de personal de casas particulares a partir de la fecha de publicación del presente decreto no podrán acceder a este Programa.
  • Durante el plazo de percepción del beneficio, el empleador pagará aportes, contribuciones y cuota de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) de la trabajadora inscripta o del trabajador inscripto, mediante la AFIP.
  • Plazo de inscripción: la inscripción al Programa estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2021.

Paso a paso para sumar una empleada doméstica a "Registradas"

Los empleadores deberán presentar la siguiente información:

  • Sus datos personales 
  • Los datos de contacto de la persona empleada
  • Las horas semanales trabajadas y el salario mensual de la persona empleada.
  • En caso de que el pago se realice con una periodicidad distinta a la mensual, se deberá aclarar

Cómo se paga el sueldo a las empleadas de casas particulares que estén en "Registradas"

Una vez otorgado el beneficio, se abre gratis y de oficio una cuenta sueldo en pesos en el Banco Nación a nombre de la trabajadora, donde ANSeS depositará la parte de salario. 

De igual manera, en esa cuenta, el empleador deberá depositar el monto restante que corresponda.

LR