A partir de hoy, 1 de septiembre comienza a correr el segundo tramo del aumento de las remuneraciones para el personal de casas particulares que fuera previsto por la Resolución 2/2021 (B.O. 25/06/2021) de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares bajo el régimen legal especial establecido en la ley 26.844. Será del 12% y se suma al 13% ya otorgado en junio 2021.
Para el personal que preste servicios en lo que se denomina la “zona desfavorable” que sería en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de Buenos Aires se dispuso el aumento de dicho adicional en el 30% sobre los salarios mínimos correspondientes para cada categoría a partir de junio 2021.
También comienza en septiembre el reconocimiento del adicional por antigüedad del sector con el pago del 1% sobre el salario mensual, “Este adicional se abonará mensualmente a partir del 1° de septiembre de 2021. El tiempo de servicio a los fines de este adicional por antigüedad comenzará a computarse a partir del 1° de septiembre del año 2020, sin efecto retroactivo…” (Art. 3° de la Resolución CNTCP N° 2/2021).
Personal doméstico: cómo se pagará el 42% de aumento a los salarios
En la web de AFIP, www.afip.gob.ar a partir del 1 de septiembre se publicará en el sitio de casas particulares el instructivo, los formularios y un tutorial “paso a paso” para implementar el pago correspondiente a la antigüedad del trabajador/a.
Qué es la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares
Cabe mencionar, que los sueldos del sector de personal de casas particulares son determinados por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Partículas (CNTCP), un órgano tripartito integrado por el estado, representantes de los empleadores y los sindicatos del sector, en la cual los miembros definen los salarios mínimos del Personal de Casas Particulares siendo un piso y no un techo en cuanto a la posibilidad de que el empleador y trabajadora negocien una remuneración mayor ya sea por hora o mensual.
Cuál es el aumento otorgado este año para el personal doméstico y cómo se implementará
El último aumento total determinado para el sector doméstico, estuvo previsto en el resolución 2/2021 (CNTCP) y es del 42% pero en 4 tramos (entre junio de 2021 y marzo 2022), concretándose en septiembre el segundo de ellos, de tal manera, que el incremento de los salarios quedo determinado asi:
- - Primer tramo: 13% en junio 2021 (con incidencia en el SAC)
- - Segundo tramo: 12 % en septiembre 2021
- - Tercer tramo: 5% el 1° de diciembre de 2021 (con incidencia en el SAC)
- - Cuarto tramo: 12% el 1° de marzo de 2022.
Los incrementos son escalonados, pero no acumulativos, es decir que para los sucesivos aumentos se toma como base el sueldo de mayo/2021
A partir de septiembre se suma también el 1% mensual en concepto de antigüedad que se calculará sobre el salario mensual de la/el empleada/o.
Cuánto cobrarán las empleadas domésticas a partir de septiembre 2021
El sueldo del sector para cada una de las categorías quedara conformado de la siguiente manera:
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Categoría 1° supervisor/a: $34.910 (con retiro) y de $38.886 (sin retiro) / Por hora $279,5 y $306
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Categoría 2° personal tareas específicas: $32.433,5 (con retiro) y de $36.104 (sin retiro) / Por hora $264,5 y $290
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Categoría 3° Caseros|: $31.644 (con retiro) y de $36.104 (sin retiro) / Por hora $249,50
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Categoría 4° Asistencia y cuidado de personas : $31.644 (con retiro) y de $35.264 (sin retiro) / Por hora $249,5 y $279,5
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Categoría 5° Personal para tareas generales: $28.457 (con retiro) y de $31.644 (sin retiro) / Por hora $231,5 y $249,5
Desde diciembre, se aplicará un nuevo tramo del 5% y en marzo de 2022 otro 12%.
Si es personal de zona desfavorable se le adicionará a estos sueldos mínimos el 30% sobre los sueldos mínimos.
Y además, a todo el personal que cumpla un año en septiembre 2021 se le adicionará el 1% de antigüedad sobre el salario mínimo. Por ej. en el supuesto de una trabajadora de la categoría 5° Personal para Tareas Generales con retiro el cual abarca el 78% de este colectivo se le adicionará en concepto de antigüedad al sueldo mínimo mensual $ 284,57 y así a todos los sueldos de todas las categorías de manera mensual.
Que beneficios ANSES podrán cobrar este mes
Este será un mes de aumentos para el bolsillo de aquellos que formen parte del régimen de empleados de Casas Particulares y reciben prestaciones de ANSES por tener hijos/as a su cargo.
A los aumentos y nuevos ítems previstos por la última paritaria vigente le deberemos sumar beneficios tales como:
- AUH ($5.063 para la zona general
- $16.495 en caso de hijo/a en situación de discapacidad),
- complemento AUH ($7.083)
- programa acompañar en caso de ser mujer o pertenecer al colectivo LGBTI y
- estar en situación de violencia de género ($28.080)
Cómo hacer el recibo de sueldo para el personal doméstico
En el caso de la Asignación Universal por hijo/a se abona a uno de los padres (priorizando a la mama) por cada hijo/a menor de 18 años. Si se ha dejado de percibir tal beneficio se puede solicitar la reincorporación conforme Decreto (840/20) a través del Formulario PS 2.90 – Solicitud de Rehabilitación 80% Mensual AUH.
Dicho trámite se realiza previo pedido de turno en ANSES, acompañando el DNI de los interesados indicando CBU como medio de pago. El padre o madre a cargo puede cobrar este beneficio sin contar con el consentimiento del otro padre o madre presentando el Formulario PS 2.73 – Solicitud de Asignaciones.
Respecto del Programa Acompañar para víctimas de las violencias, percibirán un equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil (que se abona conforme al mes anterior al pago) por 6 meses consecutivos. Para solicitarlo no hace falta causa penal en trámite. La inscripción es a través de las unidades de acompañamiento. Se puede encontrar información en https://www.argentina.gob.ar/generos/unidades-del-programa-acompanar.
Asimismo, desde las 12 semanas de gestación y hasta el nacimiento o interrupción del embarazo se cobra la Asignación por Embarazo para Protección Social (mismo importe que la AUH) y se puede solicitar a través del Formulario PS 2.67 – Solicitud Asignación por Embarazo Protección Social. Dicho formulario debe ser suscripto también por el médico o licenciado en obstetricia que acredite el embarazo. El trámite es presencial con turno pero también puede realizarse a través del Sistema de Atención Virtual ANSES.
Finalmente, a estos beneficios se le suma el beneficio del cobro de la Tarjeta Alimentar, también compatible con el empleo registrado de este régimen y cuyo monto dependerá de la cantidad de hijos/as que tengan hasta 14 años de edad ($6000 un hijo/a, $9.000 dos hijos/as y $12.000 más de tres hijos). Su asignación es automática, sin trámite alguno ya que le corresponde a los beneficiarios de la AUH y AUE (aun trabajando en blanco bajo la Ley 26.844 de Casas Particulares).
* Abogadas laboralistas