El Gobierno dictaminó que las empresas y sociedades del Estado Nacional, así como las privadas con participación estatal, deberán informar mensualmente al INDEC sobre la variación de su dotación de personal, en el marco de la prohibición de realizar nuevas designaciones y contrataciones. La decisión quedó establecida por medio de la Decisión Administrativa 827/2022, publicada en el Boletín Oficial, con las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur y del ministro de Economía, Sergio Massa.
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La medida se encuadra en el Decreto 426/22, a través del cual el Poder Ejecutivo dispuso que las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza.
La prohibición de sumar personal comprende a las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y de trabajo eventual; las contrataciones bajo el régimen de locación de servicios en forma individual y la contratación de empresas dedicadas a la prestación de servicios eventuales. Sin embargo, no incluye contrataciones de personal por circunstancias de estacionalidad o requerimiento de producción debidamente acreditado, de acuerdo con las particularidades de cada empresa o sociedad.
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Por otro lado, se fijó que las jurisdicciones o entidades que ejerzan la titularidad de los paquetes accionarios o de las empresas o sociedades, deberán instruir a sus representantes para que dentro de los 30 días, a partir de este martes 23 de agosto, realicen las reuniones societarias pertinentes a fin de establecer las metodologías de control y seguimiento de la decisión oficial.
Para el Poder Ejecutivo, "resulta necesario adoptar medidas con miras a garantizar el ejercicio eficiente y responsable de los recursos del Estado Nacional en lo que hace a la contratación de personal".