INTERNACIONAL
Vergüenza internacional

Expulsaron de Perú a dos de los argentinos que dañaron Machu Picchu y no podrán volver por 15 años

Hay otro ciudadano de nuestro país que enfrentará un proceso judicial acusado de ser el autor principal del hecho.

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Los jóvenes argentinos que dañaron Machu Pichu no podrán regresar por 15 años. | Cedoc

Los turistas argentinos Magdalena Abril Retamal (20 años) y Leandro Sactiva (32) fueron expulsados de Perú por haber generado daños en el santuario arqueológico Machu Picchu.  Por este motivo, no podrán ingresar al país andino por 15 años.

En tanto, Nahuel Gómez (28), también compatriota, deberá permanecer en la provincia de Urubamba, mientras se resuelve su situación procesal, según informó la agencia Télam

"Se está ejecutando la expulsión de los ciudadanos extranjeros, en un trabajo coordinado entre Policía Nacional del Perú y Migraciones, sobre la base de una resolución de la Superintendencia General de Migraciones", afirmó en conferencia de prensa el jefe zonal de Migraciones Cusco, Roger Solís, desde la terminal terrestre de la ciudad peruana de Cusco.

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Machu Picchu: un argentino de 28 años sigue detenido por dañar un templo sagrado

El grupo que ingresó a la ciudadela por la noche, de manera ilegal, estaba integrada por personas de otras nacionalidades (una francesa, un chileno y dos brasileños). Todos ellos fueron detenidos el domingo por la mañana , por provocar la caída y ruptura de un elemento lítico en la zona denominada "Templo del Sol", y haber defecado en una zona adyacente.

No obstante, solamente Gómez fue sometido a una declaración indagatoria y el juzgado de instrucción de Machu Picchu resolvió hacer lugar a la denuncia interpuesta por el Ministerio Público por considerar que "existen pruebas suficientes de la comisión del delito contra los bienes culturales, en la modalidad de extracción ilegal".

Se trata de un ilícito penal tipificado en el artículo 228 del Código Procesal Penal que prevé una pena de entre tres y de ocho años de prisión, más una multa de ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.