JUDICIALES
Revés judicial

La Corte Suprema rechazó el per saltum del Gobierno por la reforma laboral y la causa seguirá en instancias inferiores

La Corte Suprema descartó el per saltum oficialista y no intervendrá, por ahora, en la validez de la Ley de Modernización Laboral.

Los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti
Los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti | NA

La Corte Suprema de Justicia rechazó este jueves el recurso de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal interviniera de forma directa en la causa que analiza la validez de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, los jueces entendieron que no se cumplen los requisitos legales para habilitar un “salto de instancia” y resolvieron que el expediente continúe su trámite en tribunales inferiores.

La presentación había sido realizada por la Procuración del Tesoro el pasado 16 de abril, luego de que el juez laboral Raúl Ojeda suspendiera mediante una cautelar cerca de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.

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Reforma laboral 07052026

Sin embargo, antes de que la Corte se pronunciara, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ya había revertido parcialmente ese escenario al devolverle vigencia a los artículos suspendidos mientras se analiza el fondo de la cuestión.

El per saltum es una herramienta excepcional que permite que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa sin esperar el recorrido habitual por las distintas instancias judiciales. Para que sea admitido, el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial exige que exista una situación de “notoria gravedad institucional”.

En su resolución, la Corte sostuvo que “no se observan los requisitos” previstos por la ley para habilitar esa vía extraordinaria y, por lo tanto, declaró “inadmisible” el recurso presentado por el Poder Ejecutivo.

El Gobierno había argumentado que el juez Ojeda no era competente para intervenir en la causa y reclamaba una definición urgente sobre la constitucionalidad de la reforma laboral, una de las principales iniciativas impulsadas por la administración libertaria.

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La causa se originó tras una presentación de la CGT, que cuestionó judicialmente cerca de 80 artículos de la reforma laboral aprobada por el Congreso. Entre los puntos más discutidos aparecen los cambios en la Ley de Contrato de Trabajo vinculados al cálculo de indemnizaciones y la extensión del período de prueba para nuevos empleados.

También fueron objetadas las modificaciones sobre tercerización laboral, que limitan la responsabilidad solidaria de las empresas principales frente a incumplimientos de contratistas o firmas tercerizadas. A eso se suman los artículos que incorporan el denominado “banco de horas”, un sistema que permite compensar horas trabajadas por fuera de la jornada habitual sin que necesariamente se paguen como extras.

La CGT además cuestionó las nuevas facultades otorgadas a los empleadores para modificar determinadas condiciones laborales y los cambios en el régimen de horas extras, al considerar que afectan derechos adquiridos y flexibilizan las relaciones de trabajo.

La reforma laboral fue aprobada por el Congreso el 27 de febrero y promulgada el 6 de marzo. El proyecto había generado fuertes debates parlamentarios, especialmente por el artículo 44 relacionado con licencias laborales por enfermedad, que finalmente fue retirado antes de la votación en Diputados.

Tras pasar nuevamente por el Senado, la iniciativa terminó siendo aprobada con 42 votos afirmativos, 28 negativos y 2 abstenciones.

GD/DCQ